Continuando con aquellas declaraciones informativas que las personas morales y/o físicas deben presentar ante el SAT a más tardar este 15 de febrero, respecto al ejercicio 2021, señalamos las siguientes:
- Las personas morales con fines no lucrativos (Art. 86 LISR), así como las personas morales y fideicomisos autorizados para recibir donativos, así como los fondos de inversión a que se refiere el Título III de la LISR, deberán informar sobre los ingresos obtenidos y las erogaciones efectuadas.
- Las personas morales o físicas que hagan pagos por sueldos y salarios deberán presentar declaración con la información de aquellos asimilados a salarios que hayan ejercido la opción de adquirir acciones o títulos valor.
- Los notarios, corredores, jueces y demás fedatarios también deberán realizarlo sobre las operaciones de adquisición y enajenación de bienes consignadas en escritura pública, cuando no hayan utilizado el servicio “DeclaraNOT en línea”, disponible en el portal del SAT.
También realizar su declaración ante el SAT, más tardar este 28 de febrero:
- Las personas morales o físicas, sobre la información de los regímenes fiscales preferentes en los que tengan participación.
- Los administradores o representantes legales de figuras jurídicas extranjeras, sobre las variaciones al registro de los integrantes o miembros de dichas figuras.
Contador Público con maestría en Finanzas, cuenta con más de 28 años de experiencia en los rubros financiero, contable y fiscal. Se desempeñó cinco años en Deloitte en el área de impuestos y 23 años en una empresa americana en el área financiera.
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