A inicios del 2022, el Servicio de Administración Tributaria (SAT), anunció que su sistema se actualizaría a la versión 4.0 del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), y se informó que los contribuyentes tendrían hasta el 30 de junio para migrar a este modelo, sin embargo, debido a diversas complicaciones, el SAT se vio en la necesidad de otorgar una prórroga para completar este proceso.
De esta manera, en junio de este año, el SAT publicó en sus medios oficiales que la CFDI 4.0 iba a ser obligatoria para todos el 1 de enero del 2023. Pero, este 28 de noviembre, la institución comunicó una nueva prórroga para realizar la transición a este nuevo modelo de facturación, el cual, se espera, entre en vigor el 31 de marzo del 2023.
En este mismo sentido, mediante su portal, comunicaron que la ampliación del plazo de entrada en vigor de los CFDI con complemento de la Carta Porte, el cual será solicitado a aquellos que tengan servicios de transporte de mercancías, se extendió hasta el 31 de julio del año que viene.
Esta decisión fue tomada luego de que en el Informe Tributario y de Gestión del Tercer Trimestre se anunciará que 99.72% de los contribuyentes siguen realizando sus facturas con la versión 3.3. Por lo que realizar la transición a la nueva modalidad antes de fin de año iba a ser muy difícil.
¿Qué es el CFDI 4.0 que pide el SAT?
El CFDI 4.0 es un nuevo modelo de facturación por internet. La cual, tiene cambios como:
- Introducción de un elemento que afectará en los portales de tickets y soluciones de facturación en Punto de Venta
- Se incluye Código Postal y régimen del receptor
- Es obligatorio adjuntar nombre y este deberá ser validado
- Se añade atributo para los casos de sector primario
- Se deberá indicar si es objeto o no de impuesto
- El complemento a cuenta de terceros se sustituye por un elemento nuevo a nivel de concepto.
Además, aquellos que deseen facturar tendrán que conocer los datos mínimos del cliente como su RFC, nombre, denominación o razón social, régimen fiscal y código postal de su domicilio fiscal.
¿Cómo puedo ejecutar el nuevo modelo de facturación?
Para utilizarlo debes:
- Ingresar a la página del SAT y dar clic en “Ejecutar en Línea”
- Capturar tu RFC, la contraseña e ingresar el captcha
- Da clic en “enviar”
- Acepta términos y condiciones
- Configura el formulario de la administración de catálogos
- Configura los datos del emisor
- Registra tus clientes frecuentes
- Genera la factura
- Sella la factura
- Guarda el archivo en XML
- Descarga la representación impresa
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