México tendrá un Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil luego de que el Senado de la República aprobara en lo general los artículos no reservados del dictamen que reforma la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.
La iniciativa que impulsó el grupo parlamentario de Morena avala la creación de una base de datos que identifique a los titulares de las líneas telefónicas a partir de un análisis biométrico, así como de otros documentos de identidad. El argumento para esta reforma es frenar delitos como la extorsión, fraude o secuestro que se cometen a través de dispositivos móviles.
El registro de los usuarios al Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil se aplicará desde el momento que adquiera un nuevo celular en modalidad de prepago o pospago, informó el Senado de la República.
De acuerdo a lo que establece la nueva reforma, los concesionarios de telecomunicaciones son los encargados de recibir la información del usuario, de carácter confidencial y reservada. Sin embargo, las autoridades de seguridad y procuración de justicia tienen la facultad de solicitar información de ser necesario.
De igual forma, el Instituto Federal de Telecomunicaciones será el organismo encargado de operar el Padrón; así como de procurar su funcionamiento e intercambio de información con las autoridades competentes.
¿Qué información solicitarán al usuario?
De acuerdo con la reforma, se integrará con los siguientes datos:
- Número de línea telefónica móvil
- Fecha y hora de la activación
- Nombre completo del usuario y nacionalidad
- Número de identificación oficial con fotografía y Clave Única de Población del titular de la línea
- Datos biométricos del usuario
Concesionarios tienen nuevas obligaciones
El dictamen dispone que los concesionarios de telecomunicaciones pueden tener multas de 20 a 15 mil unidades de medida y actualización si cometen infracciones cuando efectúen extemporáneamente el registro de un número de línea telefónica móvil; no registren el número; o hagan uso indebido de las constancias, documentos y demás medios de identificación.
Por otra parte, también se consideran infracciones como:
- Alterar, omitir, simular o permitir registros o avisos en forma ilícita
- Registrar datos falsos, proporcionar información falsa o facilitar información a usuarios o terceros que no tengan derecho
- Acceder sin autorización a la información del Padrón o no denunciar alguna irregularidad teniendo la obligación de hacerlo.
Biométricos, un riesgo para la protección de datos personales: INAI
El presidente de México, Andrés Manuel López Obrado, dijo que la creación de un padrón con estas características es cuestión de seguridad nacional. Sin embargo, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) advirtió que el uso de biométricos podría representar riesgos porque la información podría ser manipulada por un número elevado de operadores de telefonía.
Para el INAI, el manejo de datos biométricos relacionados con la identidad de una persona requiere del mayor cuidado posible, pues cualquier vulneración generaría daños significativos de una difícil o imposible reparación.
“Resulta fundamental que el tratamiento de datos biométricos cumpla con los principios, deberes, derechos, procedimientos y obligaciones, previstos en la normatividad en materia de protección de datos personales”, respondió el INAI.
Dijo que se deberán implementar las medidas de seguridad físicas, administrativas y técnicas a fin de garantizar el tratamiento adecuado de dichos datos. Previo a la implementación del padrón, recomendó elaborar una evaluación de impacto en la protección de datos personales.
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