El presidente Andrés Manuel López Obrador ha formalizado la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar.
Este fondo, cuya operatividad está programada para iniciar en julio, se nutrirá de diversas fuentes de financiamiento, entre las que se destacan los remanentes de Afores no reclamadas.
¿En qué consiste el Fondo de Pensiones para el Bienestar?
En términos simples, este fondo funcionará como un complemento a las pensiones existentes, para asegurar que los trabajadores que cumplan los 65 años de edad reciban al menos el equivalente a su último salario mínimo hasta un tope de 16 mil 777.68 pesos mensuales.
De acuerdo con el Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación, las administradoras de fondos para el retiro, instituciones con funciones similares de naturaleza pública, y las administradoras prestadoras de servicio, deberán transferir los recursos de las subcuentas de los trabajadores al Fondo de Pensiones para el Bienestar en el momento en que estos cumplan setenta años, sin necesidad de una resolución judicial.
Asimismo, se debe notificar al Instituto Mexicano del Seguro Social de cada traspaso el mismo día en que se realice. Posteriormente, el Instituto notificará al fiduciario (Banco de México) del Fondo la subcuenta a la que deberán destinarse dichos recursos, con las reglas de operación del mismo y demás disposiciones aplicables.
Cabe destacar que esta disposición no se aplicará a los recursos de las cuentas individuales de aquellos trabajadores que mantengan una relación laboral activa con el Instituto.
¿Qué pasará con la subcuenta del Infonavit?
De acuerdo con el Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación, el derecho del trabajador y sus beneficiarios a recibir los recursos de la subcuenta de vivienda es imprescriptible, conforme al artículo 40 de la Ley del Infonavit.
Un año antes de que el trabajador cumpla setenta años, el Instituto notificará al trabajador, a sus beneficiarios, al Instituto Mexicano del Seguro Social y a la empresa operadora de la Base de Datos Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, sobre el tiempo transcurrido desde que el derecho era exigible, permitiéndoles así reclamar los recursos.
En caso de que el trabajador no ejerza su derecho antes de cumplir setenta años, el Instituto transferirá los recursos al Fondo de Pensiones para el Bienestar.
¿Qué pasará con la subcuenta del Infonavit?
De acuerdo con el Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación, el derecho del trabajador y sus beneficiarios a recibir los recursos de la subcuenta de vivienda es imprescriptible, conforme al artículo 40 de la Ley del Infonavit.
Un año antes de que el trabajador cumpla setenta años, el Instituto notificará al trabajador, a sus beneficiarios, al Instituto Mexicano del Seguro Social y a la empresa operadora de la Base de Datos Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, sobre el tiempo transcurrido desde que el derecho era exigible, permitiéndoles así reclamar los recursos.
En caso de que el trabajador no ejerza su derecho antes de cumplir setenta años, el Instituto transferirá los recursos al Fondo de Pensiones para el Bienestar.
¿Se podrán reclamar los recursos?
Los trabajadores y sus beneficiarios tendrán la posibilidad de acudir al Instituto para acceder a mecanismos de devolución que les correspondan, ya sea para recibir la pensión a la que tengan derecho conforme a la ley o la devolución de los recursos acumulados, junto con los intereses correspondientes, según lo establecido por las disposiciones aplicables.
Para asegurar la suficiencia financiera del fondo, se establece la creación de una reserva constituida con los recursos mencionados, con el objetivo de respaldar la devolución de recursos a los trabajadores, pensionados o beneficiarios en caso necesario
¿Quién supervisará este fondo?
El Fondo de Pensiones para el Bienestar estará bajo la supervisión de un Comité Técnico encargado de emitir las reglas de operación relacionadas con la recepción, administración, inversión, entregas y rendimientos de los recursos destinados al Instituto.
Además, se coordinará con el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro para garantizar una transición eficiente y beneficiosa para los trabajadores.
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