Icono del sitio Líder Empresarial

¿Cómo se fijarán las multas ahora que se desindexó el salario mínimo?

A partir de ahora, el salario mínimo ya no será una referencia para fijar multas, prerrogativas o créditos. El Senado de la República aprobó la ley que hacía falta para completar la desindexación del salario mínimo y sustituirlo por la Unidad de Medida y Actualización como referencia para el cobro de dichos conceptos jurídicos.

En enero de 2016 se publicó la reforma constitucional para la desindexación del salario mínimo en el Diario Oficial de la Federación, sin embargo, se ordenó la creación de una legislación secundaria: la Ley para Determinar el Valor de la Unidad de Medida y Actualización.

Al obtener luz verde por parte del Senado el pasado 15 de diciembre, el mecanismo en el orden administrativo será distinto el próximo año. El valor se estimará por medio de una fórmula que involucra el salario mínimo anual previo y el índice inflacionario. La fórmula para calcular la UMA funcionará de la siguiente manera:

Se multiplicará el salario mínimo por el resultado de la suma entre 1 y la variación interanual del Índice de Precios al Consumidor (IPC) o inflación. Por ejemplo, si quisiéramos determinar la medida con valores actuales tendríamos que hacer la siguiente operación:

 

73.04 (salario mínimo de 2016) x ( 1 + .029 (Variación interanual IPC) ) = 75.15816 (esta cifra sería el valor diario de la UMA)

 

Uno de los principales argumentos para no aumentar el salario mínimo en el país era que afectaría el cobro de multas. La ruptura en la relación entre ambos índices ha visto sus primeros resultados en el reciente incremento del salario mínimo, el cual pasará de 73.04 a 80.04 pesos en 2017. Se trata del alza más considerable en los últimos 17 años. Además, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social estableció que el aumento traería consigo una recuperación estimada del 15% sobre el poder adquisitivo del país.

A pesar de este crecimiento, el valor del UMA mantendrá su relación con el salario mínimo de 2016 (73.04), pues la ley establece que el índice conservará su referencia con el salario mínimo inmediato del año previo. Para determinar el valor mensual de la UMA, este índice se multiplicará por 30.4; en el caso del valor anual, el resultado obtenido al mes se multiplicará por 12, que equivale al número de meses por año. El INEGI será el organismo encargado de actualizar el valor de la UMA conforme el índice IPC aumente.

Salir de la versión móvil