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Un alto a la violencia digital

El ciberacoso, o acoso cibernético, se refiere a la situación en que una persona es expuesta repetidamente, y de forma prolongada, a acciones negativas (causar o tratar de causar daño o molestias) por parte de una o más personas usando medios electrónicos como el celular e internet.

Los resultados del Módulo sobre Ciberacoso (MOCIBA) levantado por el INEGI en 2017, con el propósito de generar información útil para promover iniciativas que prevengan, atiendan y erradiquen este fenómeno, señalan que Aguascalientes es una de las cinco entidades con mayor prevalencia de ciberacoso entre la población de los 12 a los 59 años de edad.

Nuestro estado se posiciona en quinto lugar con 20.3%; en la cuarta posición está Guanajuato (20.3%); en tercer sitio, Zacatecas (21.4%); Veracruz (21.8%) en el segundo escaño y Tabasco (22.1%) en el primer lugar.

Por sexo, y en el caso de las mujeres, Veracruz es la entidad con el porcentaje más alto de ciberacoso, con 25.6%, seguida de Aguascalientes y Tabasco con 23.4% y 22.9%, respectivamente. En Veracruz y Aguascalientes las mujeres reportan el ciberacoso en 8.8 y 6.5 puntos porcentuales más que lo señalado por los hombres.

Una ley acorde con los nuevos tiempos

En marzo de 2019, las 14 diputadas de todos los partidos políticos que tienen representación en la LXIV Legislatura del H. Congreso del Estado, presentaron una iniciativa de reformas a diversos ordenamientos jurídicos como la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado y el Código Penal del Estado, para prevenir y sancionar la violencia digital, y que la violación a la intimidad personal fuera considerada como un delito que se castigara penalmente.

A finales de noviembre del año pasado, la iniciativa fue aprobada en forma unánime por los legisladores locales, lográndose incluir en el catálogo de delitos del Código Penal para el Estado de Aguascalientes, el de Violación a la Intimidad Personal, de manera que quien cometa este ilícito puede hacerse acreedor a una pena de 1 a 4 años de prisión, además del pago de una multa de 300 a 600 días, así como al pago total de la reparación de los daños y perjuicios ocasionados.

La violación a la intimidad personal consiste en divulgar, compartir, distribuir, comercializar, publicar, o amenazar con publicar, información personal, privada o confidencial de una persona, o bien una o más imágenes, audios o videos referentes a partes íntimas del cuerpo, o actos sexuales o eróticos de cualquier persona, ya sea impreso, grabado o digital, con o sin autorización de quien sufre la afectación.

En tanto que la violencia digital quedó establecida como la que se produce cuando una persona provoca, realiza o amenaza con realizar cualquier tipo de violencia contra una o más mujeres, utilizando cualquier medio tecnológico, vulnerando principalmente su dignidad, libertad y desarrollo psicosexual.

Y ahora, ¿qué sigue?

Respecto al marco legal que ya se tiene en Aguascalientes para sancionar la violencia digital y la violación a la intimidad personal, que en un momento dado no sólo puede afectar a las mujeres sino también a los hombres, la diputada Elsa Amabel Landín Olivares refirió que si bien son temas que están regulados en diversos sentidos, el reto es generar la conciencia necesaria, sobre todo en los jóvenes, para que conozcan las implicaciones que puede tener compartir una imagen o un video, principalmente en las redes sociales.

“Muchas veces ni siquiera eres consciente de que tu imagen se está utilizando. Tenemos que hacer conciencia de las razones por las cuales debemos tener cuidado a la hora de compartir imágenes, porque cada vez que lo haces, en una red social, dejas de tener la propiedad intelectual y fácilmente las puede usar otra persona, y hay un riesgo enorme. Tenemos que hacer conciencia, sobre todo en los jóvenes”, considera la legisladora.

Reitera que hoy en día debe quedar lo suficientemente claro que no es una broma compartir una fotografía de una mujer, o un hombre, en una situación en que no lo estén autorizando, sino que es un delito y como tal será sancionado, pero tenemos que partir de nuestra propia responsabilidad.

“Anteriormente no había un contexto jurídico que nos permitiera encuadrar como un delito el uso del ámbito virtual como medio en el que puedes ser víctima de muchos otros tipos de violencia. En eso radica la fortaleza y el objeto de esta ley: en reconocer el ámbito virtual como uno mediante el cual puedes ser víctima de violencia. Sabíamos que había violencia en el ámbito familiar, escolar, laboral, comunitario, pero en lo virtual no estaba establecido y hoy se reconoce como tal”, señala la diputada.

La expectativa es que las autoridades respectivas tengan los elementos necesarios para sancionar este tipo de violencia, y sensibilizar a la sociedad sobre el tema.

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