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Últimos días para anunciar tu cambio de régimen fiscal

Por Liliana Martínez

Si actualmente tributas en el Régimen de Personas Físicas con Actividades Empresariales y Profesionales y quieres cambiar al Régimen de Incorporación Fiscal (RIF), debes presentar el aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones a más tardar el 31 de enero de 2018.

El RIF ofrece beneficios a los contribuyentes que no tienen ingresos de más de 2 millones de pesos al año y que para desempeñar su actividad no requieren título profesional (restaurantes, estéticas, gimnasios, misceláneas, agencias de viajes, etcétera), además de que con este esquema disminuye la carga fiscal y administrativa.

Entre los beneficios destacan la posibilidad de deducir  gastos realizados en efectivo hasta por 5 mil pesos (gasolina por menos de 2 mil pesos), utilizar el aplicativo “Mis Cuentas” del SAT para emitir facturas, emisión de un CFDI global que podrá ser de manera diaria, semanal, mensual o bimestral, no enviar la contabilidad electrónica, no enviar la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT), entre otros.

Pueden solicitar el cambio de régimen las personas físicas que realicen actividades empresariales, que enajenen bienes o presten servicios por los que no se requiera para su realización título profesional y no hubiesen superado los 2 millones de pesos de ingresos. Lo anterior, combinado con ingresos por arrendamiento; sueldos y salarios e intereses.

Los interesados pueden acudir a la delegación Aguascalientes de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON) para realizar este movimiento y en caso de que la autoridad fiscal no lo acepte, se realizará la defensa correspondiente.

 

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