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Tranquilidad: La mejor herencia

El Código Civil del Estado de Aguascalientes define el testamento como “un acto personalísimo, revocable y libre, por el cual una persona capaz dispone de sus bienes y derechos, y declara o cumple deberes para después de su muerte”.

La palabra proviene del latín testario mentis, “testimonio voluntario”, y como acto jurídico sus orígenes se remontan a Roma, mientras que en nuestro país sus antecedentes en una legislación datan de los Códigos Civiles de 1870 y 1874.

En 2003, la Secretaría de Gobernación convocó al Notariado Mexicano para promover la elaboración de estos documentos entre la población, instaurándose a septiembre como “El Mes del Testamento”, aunque en los últimos años en diversas entidades mexicanas, como Aguascalientes, la campaña se extiende también a octubre.

El presidente del Colegio de Notarios de Aguascalientes, Guillermo Ballesteros Guerra, señala que la importancia del testamento estriba en no dejar incertidumbres familiares. “A través del testamento tú vas a disponer de todos los bienes que constituyen tu patrimonio personal, para que se ejecuten después de tu muerte; mediante el testamento hay una certeza jurídica de qué es lo que tú estás disponiendo que se haga con tus bienes”, subraya.

Aunque los testamentos se pueden tramitar ante un notario cualquier día o mes del año, durante los meses de la campaña se ofrecen precios especiales o promociones para sectores específicos de la población. En Aguascalientes, por ejemplo, el costo es de 1,750 pesos, la mitad de lo que el trámite cuesta regularmente.

“Los testamentos están regulados por los códigos civiles de cada entidad federativa; se hace una campaña a nivel estatal por cada uno de los colegios (de notarios) tratando de convencer a la gente de que hagan su testamento, de que no dejen las cosas sueltas”, subraya el fedatario.

En el caso concreto de nuestro estado se puede considerar que las campañas logran su cometido, pues en septiembre y octubre de 2019, según datos de la Secretaría General de Gobierno, se tramitaron 3,417 testamentos, 7.14% más que los 3,189 efectuados en el mismo periodo de 2018.

No obstante, en 2020 los números podrían no ser tan favorecedores a consecuencia de la pandemia, aunque, a decir de Ballesteros Guerra, las personas están acudiendo porque se han conjugado dos factores: el temor a la muerte en general y al propio COVID.

Morir sin dejar problemas

Cuando una persona muere y no deja un testamento, se tiene que efectuar un juicio sucesorio intestamentario ante un Juzgado Familiar. En términos generales, consiste en convocar a todos los posibles herederos y hacer una declaración de los mismos. Bajo estas circunstancias pueden heredar los descendientes, cónyuges, concubina o concubino, ascendientes, y parientes colaterales hasta el cuarto grado; se designa un albacea, se hace un inventario y avalúo de los bienes, y se realiza un proyecto de partición de bienes, un acuerdo y resolución sobre éste, para finalmente adjudicar los bienes a los herederos.

“En este caso, la ley es la que va a definir qué es lo que se va a hacer con los bienes que te pertenecen y establece una escala de parentesco de los que tienen derecho a reclamar tus bienes. Hay personas que tienen una o más familias y entonces todos los que estén registrados como hijos de la persona fallecida tienen el mismo derecho de reclamar, sean hijos del matrimonio o fuera de éste; si están registrados ante el Registro Civil como hijos tienen un documento que los acredita con el mismo derecho a todos y se complica”, señala el notario.

Datos del Poder Judicial del Estado refieren que en 2019 se efectuaron 2,385 juicios sucesorios (10.7 por día en promedio, tomando en cuenta que fueron 222 días hábiles), de los cuales 383 fueron testamentarios; 1,960 intestamentarios, y 42 intestamentarios-testamentarios (son aquellos que en un mismo juicio se aplican los dos procedimientos. Por ejemplo, cuando una parte de los bienes son incluidos en el testamento y en otra parte quedan fuera de él).

De enero a agosto del presente año ya se habían tramitado 1,324 juicios sucesorios, de los cuales 229 son testamentarios, 1,087 intestamentarios, y 8 intestamentarios-testamentarios. Proporcional a los días hábiles, en 2020 hay 19% de incremento en el número de juicios sucesorios (ya sean testamentarios o intestamentarios) en relación con 2019.

Así, en los ocho meses de 2020 los juicios intestamentarios superan en 4.74 a 1 a los testamentarios, mientras que en 2019, los intestamentarios superaron en 5.1 a 1 a los testamentarios.

El testamento no llama a la muerte

Aguascalientes es una de las 23 entidades del país donde se puede tramitar un testamento a los 16 años de edad, sin embargo, esto ocurre muy esporádicamente, según explica Ballesteros Guerra, pues cuando somos tan jóvenes vemos a la muerte muy lejana.

“El testamento no va a anticipar tu fecha de fallecimiento. No nos vamos a morir ni antes ni después sólo porque hicimos testamento. Mientras no fallezcas, el testamento no tiene valor jurídico real, puedes seguir disponiendo y teniendo el control de todos tus bienes, no te quita ninguna facultad, además de que puedes modificarlo las veces que quieras, no hay límite para elaborarlos”, subraya.

Uno de los cambios que están proponiendo los notarios es que no sea necesario acudir con dos testigos para elaborar el testamento, pues cada vez son más las personas que piden se hagan con absoluta reserva.

Testamentos inscritos ante el Registro Público de la Propiedad y Comercio

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