Para realizar efectivamente el trámite de alta o baja de placas en Querétaro es importante conocer por completo todos los requisitos y detalles sobre ello.
Además, cabe recordar que en este trámite existen tres variables: alta de vehículo nuevo, alta de vehículo usado y baja definitiva de placas, el costo de cada uno es variable dependiendo de la documentación que se entregue al momento de su realización.
Como primer punto es relevante mencionar que para realizar cualquier trámite del tipo vehicular en Querétaro se deberá agendar una cita en el portal, seleccionado el tipo de trámite, que en este caso es “Alta o Baja”, dependiendo la necesidad.
Alta Vehículo Nuevo
Requisitos:
- Representación impresa del comprobante fiscal digital: Documento que acredite la propiedad del vehículo.
- Presentar original de la identificación oficial del propietario:
Para personas físicas:
- Credencial expedida por el IFE o INE
- Licencia de conducir
- Pasaporte
- Credencial expedida por el INAPAM.
Para el caso de personas extranjeras bastará con la documentación vigente emitida por el Instituto Nacional de Migración de la Secretaría de Relaciones Exteriores, que acredite su estancia.
Para personas morales:
- Acta constitutiva de la persona moral
- Poder notarial del representante legal e identificación oficial, invariablemente los documentos de identificación oficial deberán de encontrarse vigentes a la fecha del trámite
3. Comprobante de domicilio en original y copia, no mayor a seis meses, cualquiera de los documentos siguientes:
- Credencial para votar vigente (IFE o INE), en la que conste el domicilio completo del contribuyente en Querétaro (aplica solo para personas físicas)
- Licencia para conducir vigente emitida por la Secretaría de Seguridad Ciudadana (aplica solo para personas físicas).
- Aviso o recibo de pago de alguno de los siguientes servicios: Energía eléctrica, Agua potable emitido por la CEA o JAPAM, Gas natural, Televisión, Teléfono, Estado de cuenta bancario, otras documentales que acrediten domicilio, comprobante fiscal digital por arrendamiento de inmueble en el Estado de Querétaro, Impuesto Predial (doce meses), Constancia de situación Fiscal expedida por el SAT, Constancia de residencia en Querétaro.
Para el caso de que el contribuyente ya se encuentre registrado en el padrón vehicular Estatal con vehículo(s) activo(s), y no manifieste cambio de domicilio, se considerará el ya registrado, sin necesidad que se presente comprobante alguno.
En caso de que no cuente con registro activo o se declare cambio de domicilio, se deberá presentar original del comprobante de domicilio en el Estado de Querétaro.
4. Clave Única de Registro Poblacional CURP, o documento oficial que cuente con la misma.
5. Este trámite se puede realizar por un tercero con una carta poder otorgada ante dos testigos dirigida a la Dirección de Ingresos, señalando el trámite específico a realizar, adjuntando el original de la identificación oficial del contribuyente y su representante, y copia de la identificación de los testigos.
La carta poder deberá señalar:
- Dirigirse a la Dirección de Ingresos
- Precisar fecha y lugar de emisión (la vigencia de este documento será por un periodo no mayor a 15 días hábiles)
- Nombre del otorgante
- Nombre de la persona a quien se otorga el poder
- Trámite vehicular a realizar, alta, baja, cambio de propietario y cualquier trámite adicional que se requiera para ello
- Descripción pormenorizada de la(s) unidad (es) motivo del trámite (placa o número de serie y año modelo)
- Nombre y firma de quienes intervienen.
No se aceptará carta poder que presente tachaduras, alteraciones y/o enmendaduras en los datos del vehículo o de las personas que intervienen.
6. Los vehículos que se encuentren bajo contrato de arrendamiento financiero o puro, deberán especificar nombre y domicilio de los contratantes y el objeto del mismo.
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Placas para personas con discapacidad
Además de los requisitos anteriores deberá presentar:
- Certificado de discapacidad permanente, emitida por el Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia (únicamente aplica para personas físicas).
- Si el propietario del vehículo para el cual se solicitan las placas de circulación es una persona distinta de aquella que acredita la discapacidad permanente, deberá acreditar su calidad de cónyuge o el grado de parentesco, hasta el cuarto grado.
- Por su parte, las personas físicas y morales cuya actividad se encuentre ligada al transporte o atención de personas con discapacidad, deberán acreditarlo mediante el acta constitutiva, instrumento de creación o, en su caso, la constancia de situación fiscal emitida por el SAT.
Es importante resaltar que se otorgarán como máximo dos juegos de placas por persona con discapacidad permanente, la autorización de dos juegos de placas adicionales quedará a criterio de la autoridad fiscal.
Baja de placas
En el caso de baja de placas en Querétaro, son necesarios los siguientes documentos:
1. Presentar original de la identificación oficial del propietario, de acuerdo a los mencionados anteriormente.
2. Placas y tarjeta de circulación, o en su caso baja: Entregar las placas y tarjeta de circulación del vehículo, o en su caso, presentar la baja emitida por otra Entidad Federativa.
Cabe mencionar que en caso de extravío, destrucción o robo, de una o ambas placas y/o de la tarjeta de circulación, se deberá presentar constancia de no infracción emitida por la Secretaría de Seguridad Ciudadana del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, emitida dentro de los últimos 30 días.
Además, se deberá exhibir denuncia presentada ante la autoridad investigadora competente tratándose de robo o extravío de una o ambas placas, lo cual eximirá al contribuyente del pago de la multa prevista.