El 18 de mayo entró en vigor la nueva Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, la cual tiene vigencia en todo el territorio nacional y fue aprobada por el Senado de México en diciembre de 2021. Si aún no habías escuchado de esta nueva ley aquí te contamos todo lo que debes saber al respecto:
¿Cuál es el objetivo de la Ley de Movilidad y Seguridad Vial?
Durante años en México la seguridad vial y la movilidad estuvieron a cargo de los gobiernos estatales o municipales. Sin embargo, a pesar de estos esfuerzos por años las muertes causadas por accidentes de tránsito se mantuvieron en altas con más de 16,000 muertes en 2016.
Así esta nueva Ley busca reducir muertes y lesiones ocasionadas por accidentes viales. Siguiendo con la enmienda constitucional propuesta en el 2020 que busca “la movilidad en condiciones de seguridad, accesibilidad, eficiencia, sostenibilidad, calidad, inclusión e igualdad”.
Nuevos límites de velocidad
La Ley de Movilidad y Seguridad Vial establece medidas mínimas de circulación que deben incluir los reglamentos de tránsito de cada entidad y municipios. Así se limitaron las velocidades a:
- 30 km/h en calles secundarias y terciarias
- 50 km/h en avenidas primarias sin acceso controlado
- 80 km/h en carriles centrales de avenidas de acceso controlado
- 80 km/h en carreteras estatales fuera de zonas urbanas; 50 km/h dentro de zonas urbanas
- 110 km/h para automóviles, 95 km/h para autobuses y 80 km/h para transporte de bienes y mercancías en carreteras y autopistas federales.
Además de estas restricciones se aclara que ninguna intersección podrá exceder de los 50 km/h en cualquier acceso. Y que las vías deben contar con el señalamiento necesario para que sus velocidades sean compatibles con el diseño y personas usuarias de la vía.
Alcoholímetro permanente en México
Dentro del nuevo reglamento se estableció que es una obligación de las entidades y municipios realizar pruebas de alcoholemia de manera permanente. Evitando de esta manera que los conductores manejen en estado de ebriedad.
La prueba no deberá rebasar de 0.25 mg/L en aire espirado o 0.05 g/dL en sangre para poder conducir un auto particular. Mientras que aquellos que manejan motocicletas no podrán hacerlo con un resultado mayor a 0-1 mg/L en aire espirado o 0.02 g/dL en sangre. Y en el caso de los vehículos destinados a transporte de pasajeros o de carga está prohibido conducir con cualquier concentración de alcohol por espiración o litro de sangre.
Sin embargo, quedarán en cada entidad las sanciones o multas que impondrán a las personas que manejen bajo la influencia del alcohol, drogas, psicotrópicos o estupefacientes.
Prohibido usar celulares
En la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial se establece que queda prohibido hablar por teléfono o cualquier dispositivo electrónico o de comunicación, así como leer y/o enviar mensajes de texto (exceptuando por manos libres).
Aquellos que laboren en algún servicio de transporte podrán utilizar el celular si es necesario siempre que esté debidamente colocado en un sujetador que facilite su manipulación y que no obstaculice la visibilidad.
Examen de conducción obligatorio
Aquellas personas que deseen obtener su licencia de conducir, renovarla o pedir un permiso deberán acreditar el examen de valoración integral que demuestre que están capacitados para hacerlo.
Esto incluye la aplicación de un examen teórico y otro práctico de conocimientos y habilidades. Ambas deberán realizarse antes de la fecha de expedición o renovación de la licencia. y serán los estados los encargados de construir las pruebas.
Otras medidas de seguridad
A parte de estas reglas también se ha dispuesto que:
- Es obligatorio usar casco para conductores y pasajeros de motos
- Se debe usar cinturón de seguridad de forma obligatoria para todos los pasajeros de vehículos motorizados
- Cualquier menor de 12 años o que por su constitución lo requiera, deberá viajar en los asientos traseros con un sistema de retención infantil o asiento de seguridad.
Una Ley Histórica
La Ley General de Movilidad y Seguridad Vial se enfoca en el “Sistema Seguro”, el cual incorpora la mayoría de las recomendaciones de la OMS para promover el uso seguro de cascos, cinturones y sistemas de retención infantil. Reduciendo además la exposición de los usuarios a factores de riesgo.
Se espera que estas mejoras beneficiarán la Salud, el Medio Ambiente y reducirán el costo social y económico de los accidentes por seguridad vial.
Así cada entidad tendrá un período de seis meses, a partir de ayer, para que sus leyes estén de acuerdo con los requisitos federales.
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