El trámite de registro de una marca ante el IMPI (Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial) puede ser un dolor de cabeza, debido al desconocimiento de las reglas que forman parte del proceso. Y es que si se cae en alguna omisión o se comete un error, será necesario realizar un cambio, el cual solo provocará pérdida de tiempo.
El Instituto Estatal de Gestión Empresarial y Mejora Regulatoria (IEGEMER) presenta, de manera enunciativa mas no limitativa, algunas prohibiciones que deben tomarse en cuenta al momento de crear una marca:
- No pueden utilizarse signos cuyo contenido o forma sean contrarios al orden público, la moral o las buenas costumbres.
- Tampoco está permitido el empleo de denominaciones, figuras o formas tridimensionales animadas o cambiantes.
- No pueden usarse los nombres técnicos o de uso común de un producto o servicio, o su designación genérica.
- Está prohibida la traducción a otras lenguas, así como la variación ortográfica caprichosa de una palabra.
- Tampoco habrán de emplearse referencias geográficas, tanto oficiales como comunes, o cualquier símbolo que las identifique.
- No está permitido el uso de denominaciones que puedan engañar al público o confundirlo.
Estas prohibiciones tienen su fundamento legal en los artículos 4° y 90°, fracciones de la I a la XVII, de la Ley de Propiedad Industrial, la cual se puede consultar en www.impi.gob.mx