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Tarifas de urbanos serán revisadas nuevamente en 90 días

Luego de que la noche del viernes 29 de marzo, el gobernador Martín Orozco Sandoval informara que las tarifas del transporte público urbano no sufrirían ajustes, aunque sí las de los taxis y combis, el sábado 30 de marzo se publicaron, –en el Periódico Oficial del Estado (POE)-, los aumentos autorizados por la Coordinación General de Movilidad, tras la revisión del régimen tarifario en las diferentes modalidades del servicio.

En este sentido, las tarifas para el transporte público de alquiler (taxis) dentro de la zona urbana del municipio de Aguascalientes y Jesús María, quedaron de la siguiente manera:

  1. “Banderazo”: Tarifa inicial por la prestación del servicio, 50 pesos.
  2. “Costo por kilómetro”: Tarifa correspondiente a la distancia recorrida en el servicio prestado,60 pesos.
  3. “Caídas tiempo –distancia”: Tarifa optativa, según los segundos transcurridos en la prestación del servicio, o bien por cada 250 metros de avance, 90 centavos.

Los  concesionarios  de  taxis  deberán acudir a la Dirección General del Transporte Público a solicitar la actualización del taxímetro, a partir de este lunes 1 de abril.

En el caso del transporte colectivo foráneo, combis, las tarifas quedaron como sigue:

De 0 a 10 kilómetros, $ 9.00 pesos (tarifa de arranque); de 11 a 20 kilómetros, $ 0.98 ( 98 centavos M.N.) por kilómetro recorrido; de 21 a 30$ 0.78 (78 centavos M.N.) por kilómetro; de 31 a 40$ 0.68 (68 centavos M.N.) por kilómetro; de 41 a 50$ 0.64 (64 centavos M.N.) por kilómetro; de 51 a 60$0.55 (55centavosM.N.) por kilómetro; de 61 a 70$ 0.54 (54 centavos M.N.) por kilómetro; de 71 a 80$ 0.53 (53centavos M.N.) por kilómetro.

En cuanto al servicio de transporte público urbano y suburbano, la tarifa quedará en 7.50 pesos, sin embargo, en el documento se establece que dentro de los  noventa días  siguientes se efectuará una nueva  revisión  de  las  tarifas,  a  fin  de “evaluar  el  grado  de  cumplimiento  de  las  obligaciones  que  la  Ley  de  la  materia  establece  para  los concesionarios y prestadores de estas modalidades”.

El propósito, dice el acuerdo publicado en el POE, es introducir los ajustes que resulten necesarios, “señalando  de  manera  enunciativa,  más  no  limitativa, el  cumplimiento  de  la  programación  del servicio respecto al itinerario, frecuencia y horario que les asigne la Coordinación General de Movilidad”.

Asimismo, se establece que los vehículos en los que se preste el servicio de transporte público urbano deberán modelos no mayores a diez años, mientras que en el caso de los autobuses que se utilizan para el transporte suburbano, deberán ser modelos no mayores a quince años, o bien microbús, minibús o midibús modelo no mayor a doce años.

De igual manera, en esta modalidad de transporte se les emplaza a otorgar capacitación a sus operadores y realizar de manera periódica  y aleatoria exámenes de antidopaje a sus operadores, con el propósito de  introducir  los ajustes que resulten necesarios.

Finalmente, en el POE también quedó establecida la tarifa preferencial para estudiantes en la modalidad de transporte público colectivo urbano y suburbano, la cual se mantendrá  en $  2.50 pesos,  hasta  en  tanto  se  realice  la nueva revisión  tarifaria.

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