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Suspenden actividades Junta Local de Conciliación, Tribunal de Arbitraje e Instituto de Defensoría

A partir del 25 de marzo y hasta el 19 de abril de 2020, la Junta Local de Conciliación y Arbitraje (JLCyA) y el Tribunal de Arbitraje, suspenderán temporalmente el servicio al público, debido a las recomendaciones sanitarias emitidas ante la contingencia de salud por el coronavirus (COVID-19).

Al respecto, la titular de la JLCyA, Myrthala Ibarra González, explicó que al interrumpirse los plazos legales, los derechos de los trabajadores serán salvaguardados durante este periodo, por lo que si alguno se encuentra en algún conflicto derivado de la relación laboral con su empleador, entonces podrá entablar una demanda, o alguna otra acción legal, al momento de la reanudación de las actividades de la JLCyA, que será a partir del 20 de abril.

Es necesario señalar que los días en que estarán cerradas estas instancias serán considerados como inhábiles.

Las personas que tengan alguna duda pueden enviar un correo electrónico a la cuenta myrthala.ibarra@aguascalientes.gob.mx, o bien comunicarse a los números telefónicos 915 65 61 y 449 189 51 14.

Además, pueden consultar la publicación de este anuncio en el Periódico Oficial del Estado, a través de esta liga:

https://eservicios2.aguascalientes.gob.mx/PeriodicoOficial/web/viewer.html?file=../Archivos/4015.pdf#page=4

También cierra el Instituto de Asesoría y Defensoría Pública

Asimismo, en el Periódico Oficial del Estado (POE) se notificó la suspensión de los servicios que habitualmente presta el Instituto de Asesoría y Defensoría Pública del  Estado de  Aguascalientes  a  través  de  la  Asesoría  Jurídica  y  la  Defensoría  Pública  del  Estado  de  Aguascalientes, así como de atención al público en general.

Quedan exceptuados de la medida anterior los   juzgados  penales  de  Oralidad  y  del  Sistema  Tradicional,  que  tendrán  guardias presenciales  para  atender  asuntos  urgentes, así  como  el  Juzgado  Quinto  de  lo  Familiar  y  los  Juzgados  Mixtos  de  Primera  Instancia exclusivamente para el trámite de Órdenes de Protección, durante el periodo comprendido del 25  de  marzo  al  31  de  marzo  de  2020,  considerándose  inhábiles  tales  días,  por lo que no correrá plazo y término legal alguno en dicho periodo.

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