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Sin concluir proceso penal contra LARF: Julio Serna

El Juzgado Primero de lo Penal en el Estado de Aguascalientes dictó sentencia condenatoria, de 2 años y 3 meses de prisión e inhabilitado para desempeñar un cargo público por un año, a Luis Armando Reynoso Femat, ex gobernador de Aguascalientes, por el delito de peculado por haber vendido, en enero de 2009, la Reserva Territorial Morelos II, propiedad del Instituto de Vivienda.

Sin embargo, el proceso penal no ha concluido ya que existen por lo menos tres mecanismos para la impugnación que podrán presentarse durante un periodo de 10 días luego de recibir la notificación oficial, aclara su abogado Julio Serna Ventura en un comunicado.

“Aunque la resolución no ha sido notificada de manera formal, como lo establece la legislación, es importante señalar que dicha sentencia no es definitiva ni tampoco marca el punto final del proceso penal, pues la normatividad aplicable establece varios mecanismos para la impugnación. Entre esos mecanismos se cuentan el recurso de apelación, el amparo directo e incluso el recurso de revisión que compete a la Suprema Corte de Justicia de la Nación porque el caso tiene matices que necesariamente tiene que analizar el Máximo Órgano Jurisdiccional de la Nación” se puede leer en boletín.

Suponiendo que el Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Aguascalientes confirme la sentencia condenatoria, todavía existe otro medio de impugnación que es el Juicio de Amparo Directo. Seguramente será el Poder Judicial de la Federación la autoridad que emita una resolución imparcial que revoque la sentencia condenatoria, señala Serna Ventura.

Consideró que los procesos que le siguen al ex gobernador están lejos de recibir un tratamiento estrictamente de carácter jurídico, se han politizado y tienen como propósito desacreditarlo y al partido político que lo llevó a la gubernatura.

Además calificó de cuestionable que se le haya dictado una sentencia condenatoria por parte del Juzgado Primero de lo Penal en Aguascalientes, pues a los otros tres ex funcionarios de gobierno, María Beatriz de Lourdes Cañizo Cosío, Ricardo de Alba Obregón y Alberto Serna Dávila, que junto con él formaron parte de la Junta de Gobierno del extinto Instituto de Vivienda del Estado de Aguascalientes se les dictó auto de libertad por falta de elementos o pruebas.

“Se les inició el proceso junto con el Ing. Luis Armando Reynoso Femat, al mismo tiempo, por los mismos hechos, en el mismo expediente y en el mismo Juzgado, por lo que resulta totalmente incongruente que de cuatro inculpados que se encontraban en el mismo supuesto, tres hayan recibido un auto de libertad y sólo uno sentencia condenatoria” declara.

Reynoso Femat goza del beneficio de la libertad provisional bajo caución porque el delito que se le imputa no está calificado como grave en la ley, esto quiere decir que la sentencia que se le dictó no lo hará perder libertad ni lo obliga a pagar la reparación del supuesto daño.

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