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¿Quieres promover la revocación de mandato? Notifícalo ante el INE

De acuerdo a los lineamientos establecidos por el Instituto Nacional Electoral, para llevar a cabo el ejercicio de revocación de mandato se debe contar con las firmas del 3% de la ciudadanía registrada en la lista nominal de al menos 17 entidades federativas, por lo anterior el INE publicó los requisitos para registrarse como promovente de dichas firmas.

Cabe mencionar que podrán promoverse por la ciudadanía mexicana, personas físicas o bien en grupos de ciudadanas y ciudadanos constituidos en una organización o asociación civil y deberán dar aviso de intención al INE entre el 1 y el 15 de octubre de 2021.

El objetivo de ser promovente es fungir como medio de promoción y captación de las firmas de apoyo  de la ciudadanía, durante el periodo del 1 de noviembre al 15 de diciembre.

De acuerdo al micrositio que el INE habilitó para la revocación de mandato, la captación de firmas podrá realizarse mediante una aplicación móvil y, en los 204 municipios identificados como de muy alta marginación de acuerdo al Índice de Marginación 2020 determinado por el Consejo Nacional de Población, a través de los formatos físicos correspondientes.

Cabe destacar que de acuerdo con la institución, en caso de alcanzar la cantidad de firmas estipulada (3% de la lista nominal de al menos 17 entidades federativas), la jornada de revocación de mandato se llevaría a cabo el 27 de marzo de 2022

Estos son los requisitos para ser promovente:

a) Copia simple legible del anverso y reverso de la credencial para votar de la persona promovente o de quien, en su caso, funja como representante legal de la organización o asociación civil, así como del documento que acredite su personalidad.

En el caso de asociaciones civiles:

a) Copia certificada del Acta Constitutiva de la Asociación Civil que respalda a la persona promovente. La Asociación Civil deberá tener un objeto social relacionado con la promoción de la participación ciudadana en asuntos de interés público, de la vida democrática y de la cultura político-electoral.

En el caso de organizaciones: 
a) Original o copia certificada del acta o minuta de asamblea que acredite fehacientemente la constitución de la organización, cuyo fin u objeto social se encuentre relacionado con la promoción de la participación ciudadana en asuntos de interés público, de la vida democrática y de la cultura político-electoral.

b) Original o copia certificada del acta o minuta de la asamblea en la que acredite fehacientemente la personalidad de quien o quienes suscriben el aviso de intención de constituirse como promoventes de la RM.

c) Carta firmada por la persona promovente o su representante legal en la que acepta notificaciones vía correo electrónico sobre todo lo relacionado con el procedimiento de petición de RM.

El aviso de intención deberá dirigirse al Consejo General del INE y deberá entregarse en las juntas locales o distritales correspondientes a la entidad federativa, aquí se puede revisar la lista de oficinas. 

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