Debido al aumento de casos de COVID-19 que se han registrado en Querétaro durante las últimas semanas, el Comité Técnico de Salud determinó que la entidad regresa al “Escenario B” epidemiológico a partir de este viernes, 13 de agosto. Por tanto, las adecuaciones en las normas sanitarias fueron publicadas en el periódico oficial La Sombra de Arteaga.
Los integrantes del Comité informaron que se lleva a cabo un monitoreo de manera permanente en el estado para determinar si hay condiciones para pasar a un escenario con menos restricciones o si es necesario realizar un ajuste a las medidas, de acuerdo con el comportamiento de la enfermedad y a la respuesta de la ciudadanía.
Por su parte, el gobernador del estado, Francisco Domínguez Servién, señaló que en los últimos 43 días se registraron los mismos niveles de la enfermedad que se contabilizaron en un periodo de seis más de seis meses (del 18 de mayo al 27 de noviembre de 2020).
“Si comparamos los primeros ocho días de julio con el mismo lapso de agosto, vemos que el grupo de jóvenes de 20 a 29 años pasó de 101 a 708 casos”, agregó el mandatario.
Asimismo, Domínguez Servién adelantó que si con las medidas que estarán vigentes a partir de este viernes no se logra modificar las tendencias de los indicadores, será necesario hacer nuevos ajustes.
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Lineamientos a seguir
- Farmacias y dispensarios médicos: 50% de ocupación y hasta 2 personas por familia. Abiertas únicamente para la venta de medicamentos, artículos alimenticios, de higiene y primera necesidad.
- Centros Comerciales: Cierre a las 21:00 horas, aforo de 60% de ocupación, 2 personas por familia.
- Industria manufacturera: Sin restricciones de horarios.
- Comercio en general y prestación de servicios profesionales (incluye servicios financieros): Cierre a las 21:00 horas con 75% de ocupación, 2 personas por familia. Contar con medidor de CO2, desarrollar, así como aplicar los protocolos para controlar los niveles de CO2 y contar con una bitácora de registro.
- Supermercados y tiendas de conveniencia: Cierre de acuerdo con la “Licencia de Funcionamiento”, 50% de ocupación y hasta 2 personas por familia. Uso obligatorio de cubrebocas.
- Restaurantes y/o cafeterías (incluye restaurantes en viñedos): Cierre a las 23:00 horas con 75% de ocupación, distancia entre comensales de diferentes mesas de 1.5 metros. Se recomienda que el nivel de sonido permita una conversación sin gritos, que no rebase los 65 decibeles. Colocar en un lugar visible al público (entrada) el protocolo a seguir por parte del Comité Técnico para la Atención del COVID-19, con medidas de 1 metro por 1 metro.
- Venta de bebidas alcohólicas: En envase cerrado o para consumo en el sitio, hasta las 23:00 horas todos los días de la semana.
- Centros nocturnos (casinos, cantinas y bares): Cierre a las 24:00 horas, con 50% de ocupación. Distancia entre comensales de diferentes mesas de 1.5 metros. Se deberá observar el horario para la venta de bebidas alcohólicas. Privilegiar zonas abiertas bien ventiladas, uso de terrazas, ventanas abiertas y ventiladores. Se recomienda que el nivel de sonido permita una conversación sin gritos, que no rebase los 100 decibeles.
- Hoteles y moteles: Hasta 75% de ocupación en habitaciones, 75% de aforo en espacios comunes. Salones de eventos aforo al 50%, observando lineamientos de “Eventos masivos». Los centros de consumo deberán observar los mismos aforos y horarios que los ‘Restaurantes y/o cafeterías’ y ‘Centros Nocturnos’, así como la ‘Venta de Bebidas Alcohólicas’. Se recomienda que el nivel de sonido permita una conversación sin gritos, que no rebase los 100 decibeles.
- Centros de entretenimiento (cines, teatros, museos, galerías, academias y eventos culturales): Ocupación de 50%, apertura máxima hasta las 23:00 horas. Distancia entre personas de 1.5 metros.
- Centros religiosos (iglesias, templos, sinagogas, mezquitas, etc): Hasta 50% de ocupación. Distancia entre personas de 1.5 metros.
- Eventos masivos y centros recreativos (salones de eventos, conciertos, parques de diversiones, balnearios y ferias): Prohibición de reuniones de trabajo -congresos, convenciones, coloquios, pláticas, eventos cívicos- con más de 250 personas. Se limitan las reuniones privadas a que se cumpla con la sana distancia de 1.5 metros entre cada asistente, debiendo finalizar a las 23:59 horas del día de su celebración. Se deberá llevar registro de todos los asistentes incluyendo personal de servicio y proporcionar la lista a petición de la autoridad competente. Se recomienda que el nivel de sonido permita una conversación sin gritos, que no rebase los 60 decibeles. Queda prohibido realizar comidas, cocteles y reuniones de networking con más de 100 personas.
- Centros recreativos, conciertos, parques de diversiones, balnearios y ferias: Suspendidos.
- Deportes profesionales: 20% de ocupación.
- Deporte amateur de contacto (futbol, basquetbol, etc.): Suspendido hasta nueva valoración del Comité Técnico para la Atención del COVID-19.
- Espacios deportivos abiertos y de natación: Salud física (deportes al aire libre, individuales no de contacto) con ocupación al 50%, previa cita. Natación con ocupación al 75%, previa cita.
- Gimnasios, escuelas de baile, artes marciales, centros deportivos, spa y centros de masajes: Ocupación al 30%, mantener el espacio entre personas y/o aparatos mayor a los 3 metros. Uso de cubreboca obligatorio. Se recomienda que el nivel de sonido permita una conversación sin gritos, que no rebase los 60 decibeles.
- Spa y centros de masajes: Ocupación al 50%, previa cita. Distancia entre personas de 1.50 metros.
- Peluquerías, estéticas y barberías: Ocupación al 50%, previa cita. Distancia entre personas de 1.50 metros.
- Parques, plazas y espacios públicos abiertos: Ocupación 50%. Uso obligatorio de cubreboca, con circuito de circulación.
- Transporte público: Uso obligatorio de cubreboca (de preferencia usar doble cubreboca). Fomentar la ventilación, mantener las ventanas abiertas. Se recomienda evitar el consumo de alimentos y bebidas, así como hablar por teléfono. Higiene en manos con productos sanitizantes.
- Tours turísticos a pie por la ciudad al aire libre (recorrido y actividades): Aforo máximo de 20 personas más los actores, uso obligatorio de cubreboca, previa cita y llevar registro de los asistentes al recorrido. Deberán presentar dicho listado a petición de la autoridad competente.
- Recorridos turísticos en el territorio estatal (vehículos): Aforo máximo de 50% de la capacidad del vehículo durante el traslado, uso obligatorio de cubreboca, llevar registro de los asistentes al recorrido. Deberán presentar dicho listado a petición de la autoridad competente. Se recomienda evitar el consumo de alimentos y bebidas, así como hablar por teléfono.
Cabe destacar que tanto la ‘Industria Manufacturera’, como el ‘Comercio en general y Prestación de servicios profesionales’, ‘Supermercados y tiendas de conveniencia’, ‘Restaurantes y/o cafeterías’, ‘Centros nocturnos’, ‘Hoteles y moteles’, ‘Centros de entretenimiento’, ‘Centros religiosos’, ‘Eventos masivos y centros recreativos’ y ‘Gimnasios, escuelas de baile, artes marciales, centros deportivos, spa y centros de masajes’, deberán contar en los espacios cerrados con un medidor de dióxido de carbono (CO2), con el cual deberán desarrollar y aplicar los protocolos para controlar los niveles de CO2 y contar con una bitácora de registro.