Icono del sitio Líder Empresarial

¿Qué son las adiciones o mejoras a los Activos de la Empresa? Parte 1

activos

Por: César Jiménez Gaytán

Para efectos fiscales, cualquier reparación y/o adaptación a las instalaciones se considerarán inversiones. Estas serán susceptibles de deducción sólo vía depreciación, siempre que impliquen adiciones o mejoras al activo fijo. Se entienden como tales las que aumenten su productividad o su vida útil —o permitan darle al activo un uso diferente o adicional al que originalmente se había dado—.

Las adiciones y mejoras no son gastos de mantenimiento. Mientras que las primeras sirven para mantener el bien en condiciones normales de servicio o uso, aquellas aumentan la eficiencia, la capacidad de servicio, prolongan la vida útil del bien o ayudan a reducir costos futuros. Por su naturaleza, los gastos de mantenimiento se deducen vía gastos en el ejercicio en que se llevaron a cabo.

La LISR permite deducir aquellas construcciones, instalaciones o mejoras que se hagan sobre activos fijos y que NO pertenecen al contribuyente, pero que está haciendo uso de ellos a través de un contrato de arrendamiento o de concesión (y que al final del plazo, queden a beneficio del propietario de dichos activos).

Es importante tener en cuenta el tratamiento fiscal que deben seguir ambas partes en los diferentes momentos del plazo del convenio. Este tema lo abordaremos la siguiente semana.

César Jiménez Gaytán

Contador Público con maestría en Finanzas, cuenta con más de 28 años de experiencia en los rubros financiero, contable y fiscal. Se desempeñó cinco años en Deloitte en el área de impuestos y 23 años en una empresa americana en el área financiera.

449 804 3265

cesar.jimenez21@hotmail.com

Te puede interesar…

Salir de la versión móvil