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¿Qué nuevas obligaciones tendrán las empresas con la NOM-035?

Escrito por Melina González López Velarde.

Abogada corporativa, Directora de Milagencia Legal.

Esta semana entra en vigor la Norma Oficial Mexicana STPS-035 y será obligatorio para las empresas cumplir con la primera fase de reglas de salud laboral para denominar los factores de riesgo psicosocial, que se traducen entre otras cosas, en ansiedad y estrés laboral, padecimientos considerados oficialmente a partir de este año como enfermedades asociadas al trabajo por parte de la Organización Mundial de Salud (OMS)

La NOM-035 establece nuevas obligaciones a cargo de las empresas dirigidas a identificar, analizar y prevenir los factores de riesgo psicológico y social de sus trabajadores, así como también a promover un entorno organizacional favorable en los centros de trabajo.

Las sanciones establecidas en las diversas leyes relacionadas con la NOM-035 pueden llegar a establecer multas de hasta 535,350 pesos por evento.

La NOM-035 tiene un impacto alto para las empresas respecto a su funcionamiento interno, en específico sobre:

Las obligaciones principales que la NOM-035 impone a las empresas son:

Establecer por escrito, implantar, mantener y difundir en el centro de trabajo una política de prevención de riesgos psicosociales que contemple:

a)    La prevención de los factores de riesgo psicosocial;

b)    La prevención de la violencia laboral, y

c)    La promoción de un entorno organizacional favorable.

Del empresario deberá además:

1.  Identificar y analizar los factores de riesgo psicosocial.

2. Evaluar el entorno organizacional, adoptar medidas para prevenir y controlar el riesgo psicosocial.

4. Practicar exámenes médicos y evaluaciones psicológicas a los trabajadores expuestos a violencia laboral y/o a los factores de riesgo psicosocial.

 5. Llevar los registros sobre todos los temas relacionados con los riesgos psicosociales, su tratamiento, entre otros.

La obligaciones establecidas por la NOM-035 también establecen obligaciones para los trabajadores que deben ser incluidas en los documentos y  en sus contratos.

Por lo anterior, cumplir con la NOM-035 requerirá de un buen manejo y protección de datos por parte de la empresa, así como la confidencialidad de los expedientes de los trabajadores para poder darles seguridad y confianza en la aplicación e implementación gradual de la citada NOM-035.

Por otra parte, la propia NOM-035 también contempla las siguientes obligaciones por parte de los trabajadores:

1. Observar las medidas de prevención, así las que establezca el patrón para: controlar los factores de riesgo psicosocial, colaborar para contar con un entorno organizacional favorable y prevenir actos de violencia laboral.

2. Abstenerse de realizar prácticas contrarias al entorno organizacional favorable y actos de violencia laboral.

3. Participar en la identificación de los factores de riesgo psicosocial y, en su caso, en la evaluación del entorno organizacional.

4. Informar sobre prácticas opuestas al entorno organizacional favorable y denunciar actos de violencia laboral, utilizando los mecanismos que establezca el patrón para tal efecto y/o a través de la comisión de seguridad e higiene, a que se refiere la NOM-019-STPS-2011, o las que la sustituyan.

5. Informar por escrito al patrón directamente, a través de los servicios preventivos de seguridad y salud en el trabajo o de la comisión de seguridad e higiene; haber presenciado o sufrido un acontecimiento traumático severo.

6. Participar en los eventos de información que proporcione el patrón.

7. Someterse a los exámenes médicos y evaluaciones psicológicas.

Por lo anterior, ¿Quién deberá tener acceso a los datos que generarán las evaluaciones y cómo deberá gestionarse esa información?

Los datos deberán ser resguardados y administrados de manera segura; es importante que la empresa tenga su aviso de privacidad y maneje adecuadamente los datos de sus colaboradores, ya que se podrán considerar como “información sensible” y ese tratamiento de datos es importante que la conozca el abogado de la empresa, el Departamento de Recursos Humanos y las Comisiones de Seguridad y Salud en el trabajo de la empresa.

Por otra parte, se recomienda que el Sistema de Atención  de Quejas y Denuncias, disposición obligatoria de la NOM-035 debe ser operada por agentes externos, para dar mas confianza a los colaboradores, pues este mecanismo será clave para la detección de acciones contrarias el entorno organizacional favorable de la empresa.

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