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¿Por qué los diputados rechazaron reelegir a Gabriela Espinosa como magistrada?

En sesión ordinaria efectuada este jueves, la mayoría de los diputados de la LXIV Legislatura (20) del Congreso del Estado rechazaron la reelección, por un periodo de cuatro años, de Gabriela Espinosa Castorena como magistrada y presidenta del Poder Judicial, por considerar que “incumplió principios y requisitos que mandata la Constitución Política del Estado de Aguascalientes”.

En el dictamen emitido por la Comisión de Justicia, que consta de 396 hojas y que solamente fue avalado por cuatro diputados (sólo acudieron 24 legisladores a la sesión), se establece que “no ha lugar a determinar la permanencia de la licenciada Gabriela Espinosa Castorena, a través de su reelección, como integrante del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, al no considerarse lo anterior como un hecho positivo, no solamente por el desempeño que ha tenido por su actuación como magistrada numeraria adscrita esencialmente a la Sala Penal del referido Tribunal de Justicia, sino además porque del Expediente Legislativo, como funcionario del Poder Judicial, se obtienen datos, debidamente apoyados con las pruebas conducentes, que permiten constatar de una incorrecta directriz de la carrera judicial abrazada por ella; de la falta de comprobación de su buena reputación y fama, en el concepto del público en general, por la presencia de conductas negativas y de opacidad y falta de honorabilidad que la continúen calificando como la persona idónea, por excelencia, como para continuar ocupando tan honorable y noble investidura”, dice el documento.

Asimismo, el citado dictamen también refiere que “quien pretenda la ratificación debe, sin duda, haber demostrado mediante elementos tangibles y objetivos su vocación de servicio, su renuncia al confort individual en aras del bienestar social. Significa estar en presencia de cánones de excelencia, honorabilidad, honestidad y diligencia que se traducirían en mantener el trabajo de impartición de justicia sin rezago, dando así pleno y cabal cumplimiento al mandato contenido en el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; significaría además, una constante superación académica que se traduciría en mejores métodos de trabajo para optimizar recursos humanos y materiales; implicaría haberse distinguido con los atributos de todo buen juzgador”, expresan los integrantes de la mencionada comisión.

Adicionalmente, en el documento se establece que en el periodo que fungió como magistrada del Supremo Tribunal de Justicia del Estado “la misma se ha apartado, en el desarrollo de su cargo, del criterio de excelencia profesional, necesario para ser reelecta como magistrada numeraria, toda vez que de las diversas documentales que se analizaron, como de la propia documentación por ella exhibida de su labor jurisdiccional se advierte que no ha desarrollado con la debida independencia judicial, imparcialidad y objetividad, eficacia y eficiencia, que exige la labor jurisdiccional”.

Así, en el artículo segundo de la Resolución Legislativa referente al Proceso de Consideración y Evaluación del Desempeño para la Reelección de la Licenciada Gabriela Espinosa Castorena, Magistrada Integrante del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, NO ha lugar a determinar la reelección y/o ratificación de la interesada, “al no haber demostrado la evaluada con su encomienda haber seguido los principios de independencia, imparcialidad, objetividad, profesionalismo, que en su conjunto forman la cualidad de excelencia, como suma de todas las virtudes de la carrera judicial.

Asimismo, en artículo resolutivo, el Pleno de la LXIV Legislatura instruye al Consejo de la Judicatura del Estado, para que en apegado en los artículos 54 de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes, y 10, de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Aguascalientes, se inicie con el procedimiento para el nombramiento de un nuevo Magistrado Presidente.

Cabe destacar que la votación de este dictamen se hizo mediante cédula.

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