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¿Por qué el Congreso quiere recaudar dinero de cuentas bancarias abandonadas?

Con 483 votos a favor, cero en contra y una abstención la Cámara de Diputados aprobó una reforma al artículo 61 de la Ley de Instituciones de Crédito a fin de destinar los recursos de cuentas bancarias abandonadas para la seguridad pública.

De acuerdo a los diputados, la esencia de la reforma, que pasará al Senado de la República, es disponer de los recursos de la delincuencia organizada que están en el sistema bancario; pero que no han sido reclamados.

¿Confiscarán el dinero de los usuarios?

Andrés Manuel López Obrador, presidente de México, aseguró que la reforma es una iniciativa del poder legislativo que no busca confiscar las cuentas bancarias de los usuarios. 

Por otra parte, Moisés Ignacio Mier Velazco, diputado de Morena quien presentó la iniciativa, aseveró que no se propone disponer de los recursos de usuarios de servicios financieros con posibilidades de ser reclamados, sino de aquellos recursos cuyo derecho a ser reclamados han prescrito.

Aquí te compartiremos los puntos más importantes sobre esta reforma:

Plazo para recaudar el dinero

La reforma específica que los recursos, así como los intereses y rendimientos acumulados que han generado todos los depósitos e inversiones en la cuenta global se deberán destinar para las políticas y acciones de combate a la delincuencia en los porcentajes que para tal efecto se establezcan.

Estos depósitos e inversiones vencidas pasarán al patrimonio de la beneficencia pública si no hay movimiento en el transcurso de tres años contados a partir de que estos últimos se depositen en la cuenta global.  

Monto máximo 

Para pasar el patrimonio a la beneficencia pública, la cuenta no debe exceder el equivalente a 540 Unidades de Medida y Actualización en la Ciudad de México. Es decir, el equivalente a 51 mil pesos

Obligaciones de las instituciones bancarias

Las instituciones estarán obligadas a entregar los recursos correspondientes tanto a la beneficencia pública como a la dependencia responsable de la seguridad pública

El plazo máximo para la entrega de recursos será de quince días contados a partir del 31 de diciembre del año en que se cumpla el supuesto previsto en este párrafo.

Transferencia de los recursos

El Sistema Nacional de Seguridad Pública es quien deberá instrumentar los mecanismos de coordinación, así como convenios y acuerdos idóneos, con las instituciones del sistema bancario a fin de estar en posibilidades de realizar el traslado de los recursos financieros. Este plazo no podrá exceder los 180 días a partir de la entrada en vigor del presente Decreto. 

Así se distribuirá el dinero

El mismo Sistema Nacional de Seguridad Pública deberá establecer de manera anual los mecanismos de distribución de los recursos. Del monto recaudado, la distribución será:

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