A partir del 1 de abril se podrá cobrar la pensión del IMSS correspondiente al mes de marzo, la cual este año beneficiará a más de 4.1 millones de pensionados en México. Sin embargo, si aún no cuentas con una pensión y quieres saber si eres candidato para tramitarla, aquí te decimos todo lo que necesitas saber.
¿Qué son las pensiones del IMSS?
El IMSS cuenta con las pensiones de Cesantía en Edad Avanzada y la de Vejez. Ambas se otorgan al asegurado que al cumplir los 60 o los 65 años de edad cuente con el período mínimo de cotizaciones que prevé la Ley del Seguro Social, haya causado baja del Régimen Obligatorio del Seguro Social, esté privado de trabajo remunerado y se encuentre vigente en sus derechos.
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Requisitos a cumplir
Si deseas ser asegurado debes cumplir con los siguientes requisitos si laboraste bajo el Régimen de la Ley del Seguro Social 1973:
- Tener cumplidos al menos 60 años de edad al presentar la solicitud de pensión de cesantía en edad avanzada y 65 para la pensión de vejez.
- Hayas causado baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social.
- No cuentes con trabajo remunerado.
- Hayas estado inscrito al amparo de la Ley del Seguro Social vigente hasta el 30 de junio de 1997.
- Tengas registradas un mínimo de 500 semanas de cotización ante el insituto.
- Estén vigentes tus derechos ante el Instituto.
Y con estos si laboraste bajo la Ley del Seguro Social 1997:
- Tener cumplidos al menos 60 años al momento de presentar la solicitud de pensión de cesantía en edad avanzada y 65 años para la pensión de vejez.
- Hayas causado baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social.
- No tengas trabajo remunerado.
- Tengas registrado ante el instituto un mínimo de 1,000 semanas de cotización. En caso de que no tengas 1,000 semanas para cuando cumplas 60 puedes retirar el saldo en una sola exhibición o seguir cotizando para cubrir las semanas necesarias.
¿Cómo puedo tramitar mi Pensión del IMSS?
Para poder solicitar una pensión requieres de los siguientes documentos:
- Identificación oficial con fotografía y firma.
- Cualquier documento o medio de identificación emitido por el IMSS, INFONAVIT o una AFORE. En el cual se exprese el Número de Seguridad Social y el nombre del asegurado.
- Comprobante de domicilio con fecha de expedición no mayor a tres meses.
- Clave Única de Registro de Población (CURP).
- Estado de cuenta, obtenida de la página de internet de la AFORE, con antigüedad no mayor a seis meses previos a la solicitud de pensión.
- Constancia de la inscripción del asegurado en el Registro Federal de Contribuyentes.
- Documento expedido por la institución de crédito autorizada por el instituto en el cual se identifique número de cuenta y Clave Bancaria Estandarizada.
- Copia del Acta de Nacimiento, Acta de Adopción o Reconocimiento.
Los trámites pueden presentarse en la Unidad de Medicina Familiar o en la Subdelegación a la que el interesado esté adscrito en horario de 8:00 a 15:00 horas.
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