Icono del sitio Líder Empresarial

Órgano investigador, fundamental en nuevo sistema de justicia

Acortar el tiempo de los juicios, ofrecer a las partes la apertura a la investigación, respeto a los derechos humanos, cobertura mediática, reducción de burocracia y transparencia en la presentación de pruebas son algunos de los cambios que habrá en la forma de impartir justicia en Aguascalientes (y en todo México) con el sistema acusatorio y adversarial.

Esta modificación se realiza de forma gradual en el estado. Arrancó en el municipio de Pabellón de Arteaga, continuó en Jesús María y así irá expandiéndose hasta completar el total de juzgados en mayo de 2016.

En entrevista para Líder Empresarial, el fiscal estatal, Óscar González Mendivil, explica y aclara el funcionamiento del nuevo sistema, el porqué de los cambios en la legislación y lo que es, a su manera de ver, lo más importante en él: la investigación ministerial.

“Una parte donde uno entiende la enorme diferencia entre uno y otro (sistemas), es en el papel del órgano investigador del delito. Las procuradurías en el sistema tradicional, en el inquisitorial, se dedicaban a hacer su expediente y a acumular pruebas en él”.

González Mendivil explicó que el sistema anterior, el inquisitorial (que aún opera y está por cambiar, en leyes), data de la época de la Colonia y su nombre le viene, precisamente, de la Santa Inquisición, es decir, de cuando la Iglesia impartía justicia. En él, lo más relevante sigue siendo la confesión del inculpado.

Este es uno de los cambios esenciales en el nuevo sistema, pues ahora lo más importante en el juicio serán las pruebas aportadas tanto por el acusado como por quien lo acusa. Pero ya no solo se trata de acumular evidencias, sino también de convencer a un juez de la inocencia o culpabilidad del imputado en una audiencia pública.

“Que tu expediente contenga pruebas quiere decir que valen desde ahí, es decir, cuando le llegan al juez, él debe dar un valor porque la ley decía que el ministerio público tenía la facultad de meter evidencias a los expedientes.

“¿Qué metían? Los documentos, las declaraciones, la famosa fe, o sea, que se constituía en un lugar o tenía un documento ante la vista y lo describía, decía cómo era, incluso certificaba copias el agente del ministerio público y con todo eso iba engrosando su expediente. Quiere decir que para el momento en el cual terminaba la investigación, el agente del ministerio público tenía un expediente lleno de pruebas y lo presentaba ante el juez.

“¿Qué quiere decir? Pues que ya íbamos de ganancia (la fiscalía). El defensor, ¿a qué hora defendía a su cliente? En el proceso, porque la investigación es mía, por llamarlo de alguna forma, y aquí empezamos a meterle más reglas, a hacerlo más procedimental… en lugar de que fuera una instancia muy rápida, la averiguación previa para recabar datos y pasar ante el juez, la fuimos entreteniendo, ahí teníamos las averiguaciones y seguimos teniendo, esas que duraban dos años y que una parte ofrecía documentos y la otra también, creando la ilusión de que el que le metiera más papel tenía más razón”.

“Con el nuevo sistema perdemos la fe pública, ya no la tenemos porque no podemos incorporar pruebas, debemos llegar en igualdad de circunstancias al momento de la audiencia ante el juez”, abundó.

Quienes han estado presentes en algún juicio de este tipo, han podido percibir que se requiere mucha concentración y rapidez mental para contestar, argumentar y probar. González Mendivil repasa de forma rápida las características imperantes dentro de una sala de audiencia.

“(Jueces) con mucha rapidez mental porque todo ocurre en ese momento, en la audiencia. Quiere decir que si el juez se acordó de que no hizo el mandado (…) cuando está escuchando los argumentos de una parte, perderá el hilo de la conversación; se requiere de una enorme capacidad de concentración.

“Afortunadamente, los jueces que han estado actuando hasta este momento en Pabellón y Jesús María han tenido una actuación muy buena en la opinión nuestra, creo que la defensoría pública pensará lo mismo. Nos sentimos en buenas manos, con personal capacitado que ha solucionado todos los temas que se les han planteado”.

Pero, todo cambio genera miedos. Algunos abogados han expresado el temor por la capacitación de las policías, sobre todo, en las cadenas de custodia de evidencias.

“Yo diría que esta preocupación de los compañeros abogados es tardía porque el policía y la cadena de custodia son conceptos que ya operaban desde hace mucho tiempo, no son conceptos nuevos o generados a partir del sistema acusatorio.

“Esta forma de intervención y que la mala intervención te eche a perder un caso esa es una posibilidad real, pero existe desde hace años. El tema es ¿cómo se valora esa intervención? En el sistema tradicional, en este afán (…) de obtener la verdad, a veces le daban más importancia al contenido de la prueba que a la forma en la cual llegó al juicio”, dijo.

“En el acusatorio, se le da más importancia a la forma en que la evidencia llegó al juicio. Si llega de manera ilegal, no tiene validez independientemente de cuál sea su contenido, o sea, el contenido ya ni lo analizas, lo que se debe verificar es cómo llegó y aquí se abre una fuente de posibilidades a partir de verificar que el primer respondiente, (el cual) siempre es la policía, haya cumplido con todas sus obligaciones y deberes, pero son deberes que siempre ha tenido, lo que pasa es que ahora el valor de lo que ellos hacen pesa mucho más”.

Otra parte importante en el nuevo sistema de justicia es el respeto a los derechos humanos, pues anteriormente se privilegiaba la confesión sobre la presunción de inocencia y, en no pocas ocasiones, los métodos para obtener las declaraciones de los inculpados eran muy poco apegados a la ley y a la protección de los derechos del detenido.

Dentro de estos cambios, también está el trato público de los casos, el cual debe respetar la presunción de inocencia. Esto, también afecta el tratamiento que la prensa le dará a los asuntos.

“(En ocasiones, en el sistema anterior) la autoridad ya lo está dando en automático como culpable; la prensa al reproducirlo refuerza esa idea. Y ¿dónde viven los jueces? No viven aislados por allá, leen los periódicos que todos leemos, escuchan la radio y ven las noticias en televisión (…) entonces, de alguna forma, decían, estamos generando en ellos de manera subrepticia la culpabilidad de una persona que ni siquiera pasó por juicio. Se supone que la función del juicio es determinar la culpabilidad o la inocencia de una persona.

“Trabajamos sobre ese sistema, lo operamos tanto tiempo y como nadie lo cuestionó, nos acostumbramos y creímos que así era la cosa. Ahora, el nuevo sistema dice: no, espérate, la presunción de inocencia es una garantía que debe correr al extremo de que no debes dar a conocer la identidad de la persona. Tú podrás informar: detuvimos a alguien, detuvimos a un sospechoso, de edad aproximada, originario de. Es toda la información que te voy a poder dar. No te puedo dar la imagen, el nombre, los datos porque estoy contribuyendo a que el abogado defensor en sus argumentos diga: mire, aquí está el boletín, aquí está la publicación con el nombre y la figura de él, por lo tanto se está violando esto y yo pido que se declare nula esta audiencia. ¿Por qué señor juez? Porque usted está influido por esa opinión”, explicó el fiscal.

Salir de la versión móvil