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Notarios y corredores públicos: fe pública para particulares

Notarios y corredores públicos

Ya sea para crear una sociedad, un testamento o hasta para escriturar una propiedad, toda persona moral o física debe acudir con un notario para darle legalidad a estos y otros documentos. 

De acuerdo con el Servicio de Administración Tributaria (SAT), un notario es una persona investida de fe pública por el Estado que brinda un servicio jurídico a los particulares dando asesoramiento, así como certeza legal a los actos y hechos de los solicitantes.

“El notario ejerce su función con independencia del poder público y los particulares, teniendo a su cargo el interpretar, redactar y dar forma legal a documentos como una escritura pública, da fe a un acto jurídico como por ejemplo un contrato; o certifica un hecho jurídico, como una notificación o una fe de hechos, él conserva y reproduce el instrumento, brindando así seguridad y tranquilidad a la sociedad a la que sirve”, se lee en el sitio web del SAT.

Asimismo, los tipos de documentos que realiza un notario pueden ser:

En México, existen más de cuatro mil 100 notarías; sin embargo, la cantidad de estas varía en las diferentes entidades del país. Por ejemplo, la Ley del Notariado del Estado de Querétaro señala en su capítulo segundo, artículo 9, que “en cada demarcación notarial no podrá haber más de una Notaría por cada treinta mil habitantes”.

Además, los requisitos para ser notario son distintos en cada estado (ya que los establece la ley local). En términos generales, debe ser licenciado en Derecho, haber realizado una práctica en alguna notaría y aprobar (o, en su caso, resultar vencedor en) un examen de oposición.

Por otra parte, los corredores públicos también juegan un rol fundamental en la legalidad de documentos. De igual manera, deben ser abogados de profesión y estar habilitados por el Ejecutivo Federal — a través de la Secretaría de Economía—.

“Su función es garantizar la seguridad y certeza jurídica, ejerciendo un control de legalidad en las transacciones comerciales, brindando un asesoramiento profesional e imparcial con la obligación de guardar el secreto profesional que le impone la Ley, lo que representa un elemento de confianza para quienes utilizan sus servicios”, se lee en el sitio web del gobierno de México.

Ellos actúan como agente mediador, perito valuador, asesor jurídico, árbitro y fedatario público.

En conclusión, hay una diferencia clave entre un notario y un corredor; el primero tendrá facultad para dar fe de cualquier acto, mientras que el segundo sólo puede dar fe de actos mercantiles (lo que le brinda la capacidad de constituir empresas).

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