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México decreta emergencia sanitaria por COVID-19

El Consejo de Salubridad General decretó por causa de fuerza mayor  el estado de emergencia sanitaria en México derivado del coronavirus COVID-19. Hoy el país superó el umbral de los mil contagios para llegar a los 1,094, con 28 fallecimientos, 8 más que ayer. 

La emergencia sanitaria entra en vigor el 30 de marzo y durará por lo menos hasta el 30 de abril. También el Consejo de Salubridad General reconoció al COVID-19 como enfermedad grave de atención prioritaria.

Ante esta situación, el Consejo de Salubridad ha anunciado las siguientes medidas de seguridad sanitaria recomendadas por la Secretaría de Salud:

1.- Se ordena la suspensión inmediata desde el 30 de marzo hasta el 30 de abril de actividades no esenciales en los sectores público, privado y social. con la finalidad de mitigar la dispersión y transmisión del virus SARS-COV-2, en la comunidad.

No se detendrán únicamente aquellas actividades necesarias para atender la emergencia sanitaria, las involucradas con la seguridad pública y ciudadana; la procuración e impartición de justicia; las actividades legislativas a nivel federal y estatal; y aquellos sectores esenciales para el funcionamiento de la economía.

2.- Se exhorta a toda la población residente en territorio mexicano que no participe en actividades esenciales a cumplir el resguardo domiciliario corresponsble del 30 de marzo al 30 de abril.

3.- El resguardo domiciliario corresponsable se aplica de manera estricta a toda persona mayor de 60 años o bien personas con diagnóstico de hipertensión arterial, diabetes, enfermedad cardiaca o pulmonar e inmunosupresión, ya sea adquirida o provocada, en estado de embarazo, independientemente de que su actividad laboral se considere esencial.

4-. Una vez terminada la suspensión de actividades no esenciales, y el resguardo domiciliario corresponsble, la Secretaría de Salud, en acuerdo con la Secretaría de Economía y la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, emitirá lineamientos para el regreso escalonado y regionalizado a las actividades laborales económicas y sociales en toda la población de México.

5.- Se deberá postergar hasta nuevo aviso todos los censos y encuestas a realizarse en territorio nacional que impliquen la movilizacion de personas y la interaccion fisica cara a cara entre las mismas.

6.-Todas las medidas deberán aplicarse con estricto apego y respeto a los derechos humanos.

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