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Los centinelas hidrocálidos de la democracia

 

La democracia moderna exige cada vez más formas de asegurar que el voto y la participación de la ciudadanía mexicana cuenten con la protección y garantías necesarias para hacerse valer. En este sentido, es de suma importancia valorar adecuadamente a los funcionarios que defienden tanto los procesos electorales como la participación social de las y los ciudadanos.  

De esto se encargan los Magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Aguascalientes (TEEA), un organismo público autónomo que tiene a su cargo la impartición de justicia en lo que refiere a las elecciones locales, en toda su dimensión, así como de la protección de los derechos político-electorales.

Entre las funciones más importantes que desempeñan los Magistrados, se encuentra la de promover la máxima publicidad, el respeto y la garantía a los derechos de la ciudadanía hidrocálida, de los partidos políticos, de los militantes y de cada uno de los actores político-electorales, en caso de que sus derechos sean vulnerados.

El Tribunal también atiende las impugnaciones que se presenten en el marco de las elecciones de gubernatura del estado, de diputaciones locales de mayoría relativa y de representación proporcional, así como de las elecciones de los once municipios que integran el estado. A su vez, determina e impone las sanciones pertinentes en materia electoral. 

Los Magistrados del TEEA son seleccionados como lo dicta el Artículo 106 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, según el cual “serán electos por las dos terceras partes de los miembros presentes de la Cámara de Senadores, previa convocatoria pública, en los términos que lo determine la ley”.

Cada Tribunal Estatal debe contar con un número de tres a cinco magistradas y magistrados; se observa la paridad de género, alternando el género mayoritario. En el caso de Aguascalientes, se cuenta con un Magistrado Presidente, designado por votación mayoritaria, una Magistrada y el denominado «Magistrade» en funciones, siendo este último el primer funcionario miembro de la comunidad LGBTTQ+, en ocupar un cargo de esta índole e importancia. 

Cada uno de las y los Magistrados debe conducirse conforme con los principios de certeza, imparcialidad, objetividad, legalidad y probidad para garantizar el respeto a la voluntad ciudadana al elegir a sus representantes, así como la aplicación de justicia pronta, gratuita y expedita en materia electoral.

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