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Ley de Derechos de Autor: ¿qué es y cuáles son sus implicaciones?

Si bien el nuevo Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá trae consigo varios cambios normativos, las empresas, especialmente en el país mexicano, deben tener muy presente lo que concierne a la Ley Federal de Derechos de Autor (LFDA), ya que una de las reformas establece un mecanismo, conocido como notificación y retirada, previsto por las leyes de Estados de Unidos y que en México no existía un precedente.

Joaquín Vega Martínez, socio del despacho de abogados Vega, Guerrero & Asociados (VGA), explica que la normatividad  “busca proteger  y regular los derechos de autor porque son comerciables”. Señala que todo lo que tiene que ver con la explotación, la comercialización y transmisión de estos derechos, estará vigilado por esta nueva reforma de la ley. Según el decreto del congreso mexicano, las obras protegidas son aquellas de creación original susceptibles de ser divulgadas o reproducidas en cualquier forma o medio.

La LFDA ha sufrido diversas modificaciones a través del tiempo. La última  forma parte del paquete de leyes que se estipularon con el T-MEC, el cual entró en vigor desde el 01 de julio. Dentro de las negociaciones para este tratado, se acordó que el cambio consistiría en una modernización del TLCAN.

Joaquín Vega menciona que una parte de las reformas se centró en la protección de las obras, abarcando desde el ámbito de la literatura hasta las series de streaming; mientras otra fundamental está en la cuestión del software, cuyo material también es considerado como obras originales: “La parte de derechos de autor protege el código fuente propiamente, el de los sistemas electrónicos que utilizamos;  desde Microsoft hasta Facebook”, dijo el abogado.

Este tipo de protecciones es un tema muy importante para países desarrollados, es por eso que “el T-MEC impuso ciertas obligaciones a los países, que la verdad es que ya existían en EU  y Canadá, un poco para impulsar a México para que fuera más enérgico en esta protecciónagrega Joaquín Vega.

El abogado precisó que hay puntos importantes en la reformación de la LFDA, los cuales consisten en incrementar las penalidades a aquellos que violen estas disposiciones de derechos de autor, pero esto no comprende únicamente lo que respecta a sanciones sino en que, con más obligaciones, “hay actividades que eran realizadas de manera más común o natural aquí en México que ahora van a suponer un riesgo de recibir hasta pena de cárcel o multas”, detalla Joaquín Vega.

De la misma forma, el socio fundador de VGA dijo que hay dos temas que les conciernen principalmente a las empresas manufactureras IMMEX, debido a que éstas tienen poco contacto con lo referido a Derechos de Autor, ya que en estos derechos se excluye a la propiedad industrial: patentes, modelos de utilidad, diseños industriales, etc.

El primer  tema gira en torno al uso de candados digitales, los cuales se van a implementar cada vez más en ciertos contenidos digitales. La ruptura de estos candados será considerada como ilegal, a lo cual el abogado mencionó que  “todas las personas que muevan o traten de alterar estos candados digitales en los software o plataformas serán sujetos a pena”.

El segundo tema y el más controversial es el del mecanismo de notificación y retirada, que no existía en  México y es impuesto como obligación a los proveedores de internet. Con este, según Joaquín Vega, “se imponen de manera general obligaciones de daños y perjuicios a los proveedores e intermediarios de internet en caso de violaciones de derechos de autor”.

Dentro de esto existe la imposición de que si hubo una notificación de violación de derechos de autor y se baja de la red el contenido, serán retiradas las obligaciones de daños y perjuicios. “El problema de esto es que es un procedimiento extrajudicial, esto significa que puede haber censura de contenido digital alegando una supuesta violación de derechos de autor que nunca fueron acreditadas”, dijo Joaquín Vega.

A raíz de esto, el abogado mencionó que con la notificación y retirada, el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI), “será el organismo que debe determinar si existe o no una violación a los derechos de autor y eventualmente tendrá que  obligar o emitir una orden en sentido de que se detenga y se condene a la reparación del daño”.  

Joaquín Vega formuló que las empresas no deben olvidar que “no nada más una persona que está operando movimientos transnacionales se encuentra obligada a respetar estas obligaciones de derechos de autor, se amplía a cualquier empresa”. Por lo cual les recomendó  cuidar que “todas sus plataformas o tecnología que utilicen sean adquiridas con proveedores apropiados y cuidar mucho el contenido que suben a Internet para que no sea violatorio de derechos de autor y después se los puedan tumbar y ser responsables de esto”.Para finalizar mencionó que si bien “no se están tocando temas a lo mejor de maquila o de manufactura pero sí es un tema relevante ahora que se están integrando todas las economías desde un punto de vista digital”.

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