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Invitan a regularizar vehículos con placas foráneas

El encargado de despacho de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado, Juan Muro Díaz, reiteró que sí realizarán operativos de revisión a los vehículos que porten placas foráneas y que circulen por el estado, como lo anunció la semana pasada la Fiscalía General del Estado.

En este sentido, reconoció que no es un delito circular o poseer un vehículo con placas de otro estado y que esta acción no constituye un motivo para que puedan detener al conductor o ponerlo a disposición, sin embargo, dijo que en los hechos delictivos que se han registrado en los últimos días, se han visto involucrados vehículos foráneos, “y es por eso que se ha puesto en la mesa que se regule la situación”, dijo.

Añadió que la ley de movilidad establece un tiempo perentorio para que los propietarios de vehículos con placas foráneas realicen el canje, de ahí el exhorto a los que realicen la compra de vehículos de otro estado a que realicen el trámite correspondiente y regulen su estancia en la entidad.

Asimismo, el titular de la Secretaría General de Gobierno, Enrique Morán Faz, reiteró la invitación a los propietarios de vehículos con placas foráneas a realizar el trámite de canje, señalando que actualmente hay facilidades tanto administrativas como económicas para efectuarlo, sobre todo porque en Aguascalientes ya no se paga la tenencia, y tampoco se está cobrando ese impuesto por cinco años anteriores como anteriormente ocurría.

Además, dijo que la Secretaría de Finanzas está ofreciendo convenios de pago hasta por seis meses, aunado a que las placas de aquí son las más baratas de la región.

Subrayó que esta medida no es una recaudatoria, sino de seguridad, en aras de saber qué vehículos están circulando en el estado, “no es una medida para presionar a la gente, no estamos presionando con operativos; los invitamos a que todos protejamos a nuestro estado”, refirió.

En el artículo 82 de la nueva Ley de Movilidad se establece que los propietarios de vehículos motorizados residentes en el Estado, deberán registrarlos ante la SEFI, para poder transitar. Para el registro de un vehículo de motor se deberá cumplir con lo establecido en la Ley de Hacienda del Estado de Aguascalientes y en el Reglamento del Padrón Vehicular del Estado de Aguascalientes.

Mientras que el artículo 84 señala que todo conductor que circule en el Estado en un vehículo con placas expedidas por otras Entidades Federativas, que infrinja alguna disposición señalada en la Ley, deberá demostrar la residencia en el Estado que ostente en sus respectivas placas, o en su defecto, acreditar su residencia en el Estado de Aguascalientes, por un período menor de un año. En caso contrario, el propietario del vehículo tendrá la obligación de dar de alta su vehículo de motor registrándolo con su domicilio actual.

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