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Iniciará segunda etapa de NOM-035 frente a la nueva normalidad

La Norma Oficial Mexicana NOM-035-STPS-2018 fue diseñada con el objetivo de establecer los elementos para identificar, analizar y prevenir los factores de riesgo psicosocial, además de promover un entorno organizacional favorable en los centros de trabajo.

El año pasado inició la primera etapa de su implementación, este próximo 23 de octubre las empresas de todo el país, que cuenten con más de 15 trabajadores, deberán implementar la segunda etapa.

¿Por qué es necesaria una norma de este tipo en el país? El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) estima que el 75% de los mexicanos padece fatiga por estrés laboral, superando a países como China y Estados Unidos.

Según un estudio de la Universidad Nacional Autónoma de México 85% de las organizaciones mexicanas no tiene las condiciones adecuadas para que sus colaboradores tengan un balance entre vida personal y trabajo, lo cual propicia trastornos físicos y psicológicos.

En dos días todos los centros laborales del territorio nacional deberán acreditar el haber implementado la primera etapa de esta normativa, sin importar que estemos en emergencia sanitaria; en caso contrario estarán sujetos a multas de entre 250 a 5 mil unidades de salario mínimo.

¿En qué consistirá la segunda etapa de la NOM-035?

Según la guía informativa, brindada  por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social,  la segunda etapa de la normativa consistirá en la  evaluación del entorno organizacional, las medidas y acciones de control y  la práctica de exámenes médicos.

La evaluación del entorno organizacional deberá contemplar elementos como: el sentido de pertenencia de los trabajadores de la empresa, la formación adecuada para la realización de tareas, definición precisa de responsabilidades para los trabajadores; entre otros aspectos.

La STPS indica en la guía que las acciones de control sólo se deben aplicar cuando el resultado de las evaluaciones determina  la necesidad de desarrollar acciones de control, de ser el caso, dichas acciones se deberán implementar a través de un Programa.

La norma prevé que los exámenes médicos y evaluaciones psicológicas puedan efectuarse a través de la institución de seguridad social o privada, médico, psiquiatra o psicólogo del centro de trabajo. En todos los casos el médico será el responsable de determinar la necesidad de practicar exámenes médicos a los trabajadores y/o de canalizarlos para que reciban atención psicológica.

Las empresas que no  implementen la NOM-035  podrán ser acreedoras de multas desde 4 mil 224 pesos hasta 422 mil 450 pesos, que pueden ser por cada trabajador y por cada acción que no se acate.

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