El penúltimo feriado del año se acerca, por lo que muchos padres y estudiantes se preguntan si habrá clases el Día de la Revolución Mexicana 2024. Asimismo, esta conmemoración forma parte de los siete días de descanso obligatorio que contempla la Ley Federal del Trabajo (LFT).
Además, el calendario escolar 2024-2025 de la Secretaría de Educación (SEP) comparte cuáles serán los días que no habrá clases en escuelas públicas y privadas del país. Específicamente, en lo que resta de noviembre, se prevé dos días de descanso para los estudiantes de preescolar, primaria y secundaria.
¿Qué días no hay clases en noviembre 2024?
A pesar de que el Día de la Revolución se conmemora el 20 de noviembre, este año cae el día miércoles, por lo que sólo está marcado por la SEP para su reflexión. Es decir, sí habrá clases de forma regular.
Sin embargo, el lunes 18 de noviembre será de descanso obligatorio en el país, debido a la conmemoración de este día patrio. También, los estudiantes de educación básica descansan el viernes, 30 de noviembre, por motivo del Consejo Técnico Escolar.
¿Me pagan doble si trabajo el Día de la Revolución Mexicana 2024?
Por otro lado, el 18 de noviembre será el día feriado en México para conmemorar la Revolución Mexicana del 2024. Por tal motivo, si se trabaja este día, la LFT establece que el pago por trabajar deberá ser doble por parte de los empleadores.
Igualmente, el artículo 75 de la LFT indica que los trabajadores que laboren el día de descanso semanal deberán recibir un pago doble por parte de sus patrones. Asimismo, por cada seis días de trabajo, el trabajador disfrutará de un día de descanso, con goce de salario íntegro.
Además, en el caso de trabajar un día feriado oficial, deberán recibir un pago triple por su día trabajado. Es decir, el próximo 18 de noviembre los empleadores deben pagar un día de salario normal, más pago doble por sus servicios por trabajar un día inhábil.
¿Qué días debo recibir pago extra por trabajar en México?
Asimismo, la LFT establece que los trabajadores deberán recibir una remuneración extra los siguientes siete días de descanso obligatorio:
- 1 de enero
- Primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero
- Tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo
- 1 de mayo
- 16 de septiembre
- Tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre
- 1 de octubre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal
- 25 de diciembre
También, contarán como descanso obligatorio los días que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.
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