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Guía para arrendadores: ¿cuánto cobra el SAT por rentar una casa?

El Servicio de Administración Tributaria (SAT), pondrá atención ahora en arrendadores de casas, locales comerciales, departamentos y de cualquier inmueble que pongan en renta en relación a las declaraciones para el pago de ISR e IVA. ¿Cuánto cobra el SAT por rentar una casa?

En ese sentido, además de cumplir con el pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y del Impuesto Sobre la Renta (ISR), los dueños de estos inmuebles en esta condición, deberán llevar a cabo su registro ante el Registro Federal de Contribuyentes (RFC). No te preocupes, aquí te damos una guía sobre todas tus responsabilidades fiscales, toma nota.

¿Cuánto cobra el SAT por rentar una casa?

En este caso, si se renta una propiedad a una persona moral, el SAT está obligado a retener el 10% de los ingresos por concepto de ISR. La cual puedes restar en cada una de tus declaraciones.

Ahora bien, sólo están exentos del pago de IVA, los arrendamientos de casa habitación y fincas utilizadas con fines agrícolas o ganaderos. Las demás deberán hacer la deducción correspondiente.

¿Cuánto y cuándo se paga?

También la anual durante el mes de abril de cada ejercicio inmediato anterior. Estas se presentan a más tardar el 17 del mes inmediato posterior al que corresponde el pago.

Del mismo modo, se deberán hacer declaraciones informativas en tal caso de que se reciban otros ingresos en efectivo, moneda nacional, así como en piezas de oro o de plata, cuyo monto sea superior a los 100 mil pesos.

Asimismo, en caso de contar con trabajadores a los cuales se les hizo el pago de sueldos o pago por concepto de subsidio para el empleo (sólo para ejercicios 2016 y anteriores).

¿Cuándo NO se paga ISR?

Dependiendo del nivel de ingresos. Van desde el 0% cuando se tienen ingresos mensuales menores a los 644.58 pesos, y hasta del 32% para las personas con ingresos de 350 mil pesos mensuales.

En tanto, con base al artículo 20 de la Ley de IVA, fracción II, NO se pagará este impuesto por el uso o goce temporal de inmuebles destinados o utilizados exclusivamente para casa-habitación.

¿Cómo obtengo mis comprobantes fiscales?

Finalmente, para expedir los Comprobantes Fiscales Digitales, o CFDI necesitarás tener a la mano Firma Electrónica avanzada vigente, tramitar ante el SAT el certificado para el uso de sellos digitales y enviar los CFDI a la dependencia para que valide los requisitos, asigne folio e incorpore el sello digital del SAT.

Ahora sí, ya puedes mantenerte en regla en tus obligaciones fiscales como arrendatario.

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