Icono del sitio Líder Empresarial

Eventos religiosos también serán restringidos en Aguascalientes: SEGGOB

Con la finalidad de disminuir la movilidad social, la celebración de misas también se reducirá en Aguascalientes, anticipó el Secretario General de Gobierno, Juan Manuel Flores Femat.

Durante la rueda de prensa en la que se anunciaron las nuevas medidas que se adoptarán a partir de las 00:00 horas del 17 de noviembre y hasta las 24 horas del 30 de noviembre, el funcionario estatal hizo notar que el vocero de la Diócesis de Aguascalientes, padre Rogelio Pedroza, le comunicó al gobierno estatal que habrá una reducción en la celebración de eventos religiosos como bodas, quince años, bautizos, primeras comuniones, confirmaciones, entre otros, además que la realización de misas ordinarias variará, con la finalidad de controlar de mayor manera el acceso a los templos.

“Si colaboramos en ese elemento de la celebración de culto religioso, con las medidas de control hacia los templos, creemos que la medida será mucho más eficaz”, expuso Flores Femat.

En este sentido, consideró que las medidas comunicadas son muy importantes y trascendentes, de ahí que se mantenga un contacto responsable y directo con las autoridades eclesiásticas para que puedan incidir en el objetivo que se tiene que es disminuir el número de contagios de COVID-19 y por ende la ocupación hospitalaria, según lo que dio a conocer el gobernador Martín Orozco Sandoval.

Adicionalmente, Flores Femat extendió el exhorto que ha hecho la iglesia católica a los vendedores ambulantes para que no se instalen alrededor de los templos, con la intención de no propiciar la aglomeración de personas.

Finalmente, el funcionario reconoció que el “Buen Fin” fue “la gota que derramó el vaso”, “esperábamos que la respuesta fuera mesurada”, dijo, pero ante la falta de respuesta social se tomó la determinación de tomar estas y otras medidas.

¿Qué dice el Acuerdo publicado en el Periódico Oficial del Estado sobre las misas?

Cabe mencionar que en el “Acuerdo por el que se expiden las Medidas Extraordinarias en Materia de Salubridad para contener e impedir la transmisión del virus sars-cov2 (covid-19) y reducir la ocupación hospitalaria en el estado de Aguascalientes” se establece, en el apartado Segundo, que en términos de lo dispuesto por el artículo 264 fracción VII de la Ley de Salud del Estado de    Aguascalientes, se  determina la suspensión de, entre otras actividades, “ceremonias civiles, sociales o religiosas, tanto en lugares cerrados como en la vía pública, en las que intervengan más de 15 personas simultáneamente”.

Salir de la versión móvil