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Este es el procedimiento para constituir partidos políticos locales en Aguascalientes

El Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Aguascalientes (IEE) dio a conocer el procedimiento de constitución y registro de partidos políticos locales.

La presidenta del IEE, Clara Beatriz Jiménez González, indicó que el primer paso es la constitución de la asociación civil y posteriormente la manifestación de intención por parte de las organizaciones ciudadanas interesadas en constituirse como partido político local, lo que deberá darse a más tardar al 31 de enero de 2023.

El documento que acredite la manifestación deberá presentarse por escrito ante el IEE, con los siguientes requisitos:

1.- Denominación de la asociación civil, especificar el órgano de dirigencia de la organización y nombres de las personas que ocupen dichos cargos,

2.- Nombres de las personas que representan a la organización ciudadana,

3.- Domicilio de la organización ciudadana, número de teléfono y correo electrónico para recibir notificaciones,

4.- Nombres y cargos de las personas que integren el órgano interno de la administración del patrimonio y recursos financieros,

5.- Nombre, colores y emblema del partido local que se pretenda constituir y la especificación del tipo de asambleas que pretendan realizar para complementar el proceso de constitución.

Además de la manifestación, se deberá presentar un documento que acredite la personalidad de la o las personas que promuevan en nombre de la organización ciudadana, el acta constitutiva de la asociación civil, declaración de principios, programa de acción y estatutos que normarán la vida del instituto político, el documento que acredite la personería de las y los dirigentes y representantes de la organización ciudadana, documento que acredite a la persona titular del órgano de administración del patrimonio y recursos financieros, el emblema del partido local impreso y en medio magnético, así como la carta de aceptación para recibir notificaciones de forma electrónica.

En caso de cumplir con los requisitos documentales, el Consejo General del IEE resolverá el dictamen de procedencia que, de ser favorable, dará lugar al inicio de las asambleas distritales o municipales en las que las asociaciones ciudadanas deberán acreditar por lo menos al 0.26% de las personas registradas en el padrón electoral de la demarcación que se trate.

De acuerdo al artículo 16 del Reglamento para la Constitución, Registro y Pérdida de registro de los Partidos Políticos Locales en Aguascalientes, las asambleas distritales o municipales deberán celebrarse por lo menos en dos terceras partes de los distritos electorales locales o de los municipios del estado, es decir, 12 distritos locales u 8 municipios, proceso que será verificado por el personal del IEE.

El periodo para su celebración será de febrero a diciembre del 2023; de cumplir con la cantidad de asambleas establecidas en la legislación, entonces se procederá a la realización de la asamblea local constitutiva.

Las Consejerías Electorales mencionaron que el inicio de los efectos constitutivos como partido local será a partir del 1° de julio del 2024, por lo que su primera participación como institutos políticos será en el proceso electoral 2026-2027.

CALENDARIO DE PROCESO DE CONSTITUCIÓN Y REGISTRO DE PARTIDOS POLÍTICOS LOCALES
Enero de 2023Manifestación de intención de la organización ciudadana interesada en constituirse como partido político ante el Consejo General del IEE.
Febrero a diciembre de 2023Periodo para celebración de asambleas distritales o municipales, así como la asamblea local constitutiva.
Enero de 2024Presentación de la solicitud de registro del nuevo partido político local, por parte de las asociaciones que hayan cumplido con las asambleas y requisitos de ley.
1° de julio de 2024Inicio de efectos constitutivos de los partidos políticos locales que hayan resultado procedentes.
Proceso electoral 2026-2027Primer proceso electoral en el que  podrán participar los nuevos partidos políticos locales.

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