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El camino de los independientes

Este domingo 20 de enero inició el pre-registro de los aspirantes a candidaturas independientes para contender por los cargos de Presidente Municipal, Síndicos y Regidores, en el marco del proceso electoral local 2018-2019.

Este procedimiento concluirá el próximo 26 enero de 2019, y los aspirantes deberán presentar una solicitud ante el Instituto Estatal Electoral (IEE).

Entre los requisitos que deberán reunir los interesados, tanto para contender por los principios de mayoría relativa y representación proporcional destacan (según lo dispuesto en el artículo 66 de la Constitución Política del Estado):

Adicionalmente,  deben constituir una asociación civil, no haber militado en algún partido político en los últimos doce meses, no ser ministro de algún culto religioso ni servidor público, salvo que se separe del cargo 90 días antes de la elección, exceptuando a quienes participen por la vía de reelección, en cumplimiento a la sentencia recaída en el Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano TEEA- JDC-029/2018, emitida por el Tribunal Electoral del Estado de Aguascalientes.

El proceso de registro de candidaturas independientes consta de tres etapas: I) Pre registro de aspirantes; II) Obtención del apoyo ciudadano; y III) Registro de las y los candidatos independientes.

El IEE examinará el cumplimiento de los requisitos y en caso de detectar errores u omisiones, el solicitante contará con 48 horas para subsanarlos, de lo contrario le será negada su solicitud; el Consejo General sesionará para emitir la resolución en la que se determine la procedencia de los pre-registros.

Del 10 de febrero al 1 de marzo,  dará inicio el periodo de obtención de firmas de apoyo ciudadano para los aspirantes que busquen una candidatura independiente en los municipios de Cosío, San José de Gracia, Tepezalá y El Llano; y del 10 de febrero al 10 de marzo para los municipios de Aguascalientes, Asientos, Calvillo, Jesús María, Pabellón de Arteaga, Rincón de Romos y San Francisco de los Romo, de acuerdo con el artículos 383, fracción II, del Código Electoral.

Dentro de los plazos anteriormente mencionados, las y los aspirantes a candidatos independientes podrán realizar actividades tendientes a recabar el apoyo ciudadano – reuniones públicas, asambleas, marchas, etc.- siempre y cuando no incurran en actos anticipados de campaña y se financien con recursos privados de origen lícito fiscalizados por el Instituto Nacional Electoral (INE).

Quienes aspiren a candidaturas independientes deberán reunir firmas del 2.5 por ciento de los ciudadanos inscritos en el Registro Federal de Electores y que aparezcan en la Lista Nominal del municipio que busquen representar con corte al 31 de agosto de 2018, como lo establece el artículo 376 del Código.

 

MUNICIPIO NÚMERO DE SECCIONES LISTA NOMINAL 2.5% DE LA LISTA NOMINAL
AGUASCALIENTES 452 637,790 15,945
ASIENTOS 17 33,721 844
CALVILLO 32 45,962 1,150
COSÍO 5 11,462 287
JESÚS MARÍA 22 79,274 1,982
PABELLÓN DE ARTEAGA 17 30,695 768
RINCÓN DE ROMOS 21 36,989 925
SAN JOSÉ DE GRACIA 8 6,714 168
TEPEZALÁ 10 15,116 378
SAN FRANCISCO DE LOS ROMO 10 32,495 813
EL LLANO 8 14,822 371
TOTAL GENERAL 602 945,040 23631

Para la captación y validación de las firmas de apoyo ciudadano se contará con una aplicación móvil del INE y sólo por causas de fuerza mayor se permitirá el uso de cédulas físicas en las localidades que comprueben la necesidad de aplicar el régimen de excepción. Quienes intervengan en el tratamiento de datos personales deberán garantizar la protección en el manejo de dicha información.

Las firmas no se computarán cuando el nombre del ciudadano contenga datos falsos, la imagen de la credencial no coincida con la del documento vigente, no tenga su domicilio en el municipio para el que se está postulando el aspirante, se encuentre dado de baja o no sea localizado en la lista nominal, entre otras irregularidades. En caso de que un mismo ciudadano haya presentado manifestación de apoyo en favor de más de un aspirante al mismo cargo, sólo se computará la primera que sea recibida por el INE.

Las solicitudes de registro serán entregadas en el Consejo Municipal correspondiente y, entre otros documentos, se deberá presentar el dictamen de procedencia en el que se acredite la totalidad del apoyo ciudadano. Las  planillas tanto de mayoría relativa como las listas de representación proporcional deberán atender a las reglas de paridad de género.

Entre el 12 y 14 de abril de 2019, los Consejos Municipales y el Consejo General del IEE  resolverá la procedencia del registro de candidaturas y expedirá las constancias.

Las campañas iniciarán el 15 de abril en los municipios de más de 40,000 habitantes y el 30 de abril en los que tengan una población menor a esta cifra y en ambos casos, concluirán el 29 de mayo.

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