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Discrepancia fiscal: qué es y cómo evitarla

Administras el gasto familiar, tienes cuentas bancarias a nombre de otras personas o prestas tu tarjeta de crédito para que otros compren. Semanas después, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) te notifica que los pagos de tu tarjeta no corresponden con tus ingresos o con tu situación laboral. Has incurrido en discrepancia fiscal.

La discrepancia fiscal no es una figura nueva. En 2014, sus términos fueron precisados en la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR), aunque a decir de algunos especialistas comenzará a aplicarse con mayor rigor en 2016 para prevenir y detectar operaciones con recursos de procedencia ilícita.

“Es una herramienta que posee la autoridad para identificar y comprobar si una persona gasta o gana más de lo que está declarando, o bien, si no está declarando”, explica José Antonio Guerra, delegado de la Procuraduría para la Defensa del Contribuyente (Prodecon) en Aguascalientes.

El SAT cotejará cuentas bancarias, tarjetas de crédito, inversiones, bancos, agencias de viajes, tiendas departamentales y otros registros de contribuyentes; sin embargo, Guerra Caparrós no considera este procedimiento una persecución recaudatoria.

“Es un combate a la informalidad. Por supuesto que es uno de nuestros derechos: todo mundo debe declarar lo que efectivamente está ingresando. Aparte, esto va a originar que, si existe una discrepancia fiscal, el SAT va a inscribir en el RFC a quienes no lo estén y se esté comprobando que están en discrepancia fiscal”, aclara.

Una vez notificada la inconsistencia entre sus ingresos y gastos, el contribuyente tiene un plazo de 20 días hábiles para comprobar y aclarar lo que corresponda. Vencido ese periodo, el SAT puede fincar un crédito fiscal basado en la diferencia entre ingresos y pagos, más intereses, multas, recargos, actualizaciones, etcétera.

Para la Prodecon, el procedimiento no vulnera los derechos fiscales, pues otorga garantía de audiencia e incluso vencido el plazo, se puede aclarar la situación mediante un procedimiento de queja con la representación legal de la procuraduría.

Independientemente de los montos que maneje, cualquier contribuyente puede incurrir en discrepancia fiscal, casi siempre de forma involuntaria. Los más vulnerables son quienes recurrentemente registran pagos superiores a sus ingresos: amas de casa, estudiantes, adultos mayores y personas económicamente dependientes de otras que sí manejan cuentas de débito y crédito, sin registrar ingresos.

¿Qué hacer para evitarla?

“No tiene nada de malo prestar la tarjeta de crédito”, afirma Guerra Caparrós. Lo recomendable, agrega, es actuar de manera preventiva.

Algunas recomendaciones del delegado y otros especialistas son:

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