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Dignidad de la persona

La dignidad del ser humano, como principio, se puede tratar al menos desde dos diferentes niveles: a partir de las ciencias humanas o de la filosofía.

De este concepto, se deriva la aseveración de que todo individuo, por ser persona, tiene derechos fundamentales, los cuales dimanan de su propia naturaleza y son universales, inviolables e inalienables. Correlativos a estos, posee también deberes fundamentales, que hoy son obviados ante la moda de solo exigir los derechos.

La dignidad, así concebida en todas sus dimensiones, lleva consigo el que la persona es siempre un fin y nunca puede ser considerada un medio para nada ni para nadie. En la actualidad, es urgente alzar la voz en todos lados para hacer valer esto, hay que transmitir el mensaje de respeto hacia el hombre, sus derechos y obligaciones. Debemos asimilar y vivir la carta universal de los derechos humanos para detener la involución generada en muchos órdenes de nuestra existencia.

El hombre es persona social
Por su naturaleza, el ser humano tiene absoluta necesidad de ser social, ya que no puede bastarse a sí mismo para alcanzar su desarrollo completo. Para ello, necesita de los demás.

Al ser uno de los animales más vulnerables al nacer, le es indispensable venir al mundo en sociedad, es decir, tener una familia. La tendencia de comunicarse o desarrollar cultura es una exigencia de su propia naturaleza y, por tanto, es base de su sociabilidad, en la cual se fundamenta cualquier forma de agrupación y sus respectivas exigencias éticas.

El principio de interdependencia entre la persona y la sociedad se refiere a la compleja estructura de la vida que está regulada por leyes, las cuales deben estar basadas en los principios permanentes de la dignidad humana:

Bien común. Conjunto de condiciones que favorecen el desarrollo íntegro del individuo. Es la razón de ser de los poderes públicos. De él, se deriva el principio de autoridad, entendido como la capacidad de ordenar según la recta razón y el bien común.

Solidaridad. Plantea que todo sujeto está ligado indisolublemente a la sociedad y su desarrollo.

Subsidiariedad. Pide que la sociedad mayor nunca realice lo que puede y debe hacer la menor, a menos que, por circunstancias temporales, no pueda llenar su función propia.

Participación. Asegura la realización de los requerimientos éticos de la justicia social por medio de la colaboración de todos en el desarrollo de la vida socioeconómica, política y cultural. Es el único camino seguro para conseguir una nueva convivencia.

Igualdad. Sostiene que todos nacemos libres e iguales en dignidad y derechos fundamentales, pero somos diferentes circunstancialmente en nuestra naturaleza accidental y, por lo tanto, irrepetibles.

Destino universal de los bienes. Afirma que los bienes de la tierra están destinados al uso de todos para satisfacer sus necesidades y las de sus familias. De este, se deriva el derecho a la propiedad privada, el cual es legítimo y necesario para que el hombre goce del fruto de su labor, esté al servicio de los demás y tenga como obligación nunca estorbar en las oportunidades de trabajo de los otros.

Ya tendremos oportunidad de ir explorando cada uno de estos principios, tan interesantes como eficientes en la vida social y empresarial, en las próximas entregas.

Con información de “Valores sindicales” en www.capacitacion.conampros.gob.mx/valorsindical/valoressindicalesPI.htm

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