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Difunde IMSS costo del seguro para las trabajadoras del hogar

El Instituto Mexicano del Seguro Social presentó los alcances del programa piloto que permitirá asegurar a las trabajadoras del hogar.

De entrada, la institución médica las define como “aquellas que prestan servicios de aseo, asistencia y demás, propios o inherentes al hogar de una persona o una familia”. (Art. 331, LFT). Estas personas pueden trabajar para uno o varios patrones y vivir o no en su lugar de trabajo.

El IMSS estima que actualmente hay 2.4 millones de personas trabajadoras del hogar, de los cuales el 95% son mujeres que, en su gran mayoría, no gozan de seguridad social.

Cabe recordar que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) analizó la inconstitucionalidad de la exclusión de las personas trabajadoras del hogar del Régimen Obligatorio del Seguro Social, conminando al IMSS a efectuar un programa piloto que permita asegurarlas.

Por tanto, el objetivo del programa creado por el IMSS es garantizar el acceso a la seguridad social a las personas trabajadoras del hogar, en igualdad de condiciones que el resto de los trabajadores.

Los beneficiarios de las personas trabajadoras del hogar pueden ser: cónyuge o concubina (rio), hijos, padre y madre.

La cobertura que les ofrece el instituto consiste en servicios médicos, hospitalarios, farmacéuticos, atención obstétrica, incapacidades, pensión por invalidez y vida, fondo para el retiro, así como prestaciones sociales dentro de las que se encuentran velatorios y guarderías.

Los pasos que deberán seguir las personas trabajadoras del hogar para su incorporación al IMSS son:

  1. Obtener su Número de Seguridad Social.

Si acuden a las Subdelegaciones deben llevar: • CURP • Identificación oficial • Acta de nacimiento

Si lo tramitan por el Portal de Internet y APP IMSS Digital, deben proporcionar la  •CURP •Correo electrónico •Domicilio

  1. Solicitar su aseguramiento.

Ya sea que acudan a la Subdelegación o ingresen al  portal del IMSS, deberán proporcionar: • Nombre del trabajador del hogar. • NSS del trabajador del hogar. • Domicilio del trabajador del hogar. • Nombre(s) del patrón. • Domicilio(s) del patrón

  1. Generará la línea de captura para pago.

En la Subdelegación o en el portal del IMSS se deberá: • Indicar salario mensual del trabajador del hogar. • Señalar cuantos días labora con cada patrón. • Se informará la proporción correspondiente a cubrir por cada patrón.

  1. Realizar el pago.

Los pagos deberán efectuarse dentro de los primeros 20 días de cada mes, ya sea en la ventanilla del banco, o bien, en el portal del banco.

  1. Registrarse en su clínica.

Para registrarse en la clínica donde recibirán atención médica, deberán llevar: • CURP. • Identificación oficial. • Comprobante de domicilio. • Correo electrónico. • Número de Seguridad Social. • Fotografía infantil.

Si se registran en el Portal de Internet o APP IMSS Digital, requerirán: • CURP. • Correo electrónico. • Código postal.

Una parte muy importante para el registro de las personas trabajadoras del hogar es el Salario Base de Cotización, el cual se calculará considerando el salario del trabajador, que deberá oscilar entre un salario mínimo y el equivalente al valor de veinticinco UMAS.

 

  Salario mensual Cuotas mensuales
Salario mínimo 3,080.40

 

904.22
1.5 UMA

 

3,802.20 994.96
2 UMA

 

5,069.40 1,154.22
3 UMA

 

7,604.10 1,472.81
4 UMA

 

10,138.80 1,829.41
5 UMA

 

12,673.50 2,186.01
6 UMA

 

15,208.20 2,186.01
7 UMA

 

17,742.90 2,899.20
8 UMA

 

20,277.60 3,255.77
9 UMA

 

22,812.30 3,612.40
10 UMA

 

25,347.00 3,968.96
15 UMA

 

38,020.50 5,751.97
20 UMA

 

50,694.00 7,534.95
25 UMA

 

63,367.50 9,317.91

 

Es necesario mencionar que el IMSS todavía no hace oficial la fecha en que iniciará la implementación del programa piloto, aunque ya está difundiendo los pormenores.

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