El Congreso de San Luis Potosí aprobó, con 21 votos a favor y una abstención, el Decreto que erige el municipio de Villa de Pozos.
El dictamen aprobado incluye reformas al artículo 13 en su fracción II y una adición al artículo 6°, que ahora incluye un numeral 53.
Consecuentemente, los actuales numerales 53 a 58 pasan a ser 54 a 59 en la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de San Luis Potosí. Igualmente, se reformó el artículo 49 fracción I de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de San Luis Potosí para incorporar al nuevo municipio potosino.
De acuerdo a la Constitución Política del Estado y la Ley Orgánica del Municipio Libre, hasta que el primer Ayuntamiento de Villa de Pozos sea electo, el gobierno y la administración del municipio estarán a cargo de un Concejo Municipal.
Este Consejo será designado por el Congreso dentro de los veinticinco días naturales siguientes a la entrada en vigor del Decreto.
¿Cuántos habitantes tendrá Villa de Pozos como municipio?
Durante el proceso de municipalización, el Congreso de San Luis Potosí indicó que Villa de Pozos cuenta con una población de 148 mil 165 habitantes.
Al decretarse como municipio, Villa de Pozos ocupará el cuarto lugar en el estado en cuanto al monto de participaciones a recibir. Asimismo, como municipio tendrá suficientes recursos para hacer frente a sus servicios públicos.
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