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¿Cuándo debo presentar mi contabilidad electrónica?

La Secretaría de Hacienda ya publicó la gradualidad para la presentación de la contabilidad electrónica e informó quiénes quedarán exentos de hacerlo.

Con ayuda de Laura Esquivel Veloz, jefa de la academia de Control en la Escuela de Ciencias Económicas y Empresariales de la UP Bonaterra, Líder Empresarial te dice cuando tienes que presentar tu contabilidad.

¿Qué cambió?

La maestra Esquivel explica que ahora solo habrá obligación de presentar la contabilidad electrónica correspondiente a 2015.

“Las empresas que tengan más de cuatro millones de pesos de ingresos acumulados (durante 2013), deberán de presentar sus balances de comprobación o su contabilidad electrónica a partir de enero de 2015”, precisa.

La e-contabilidad “de enero, febrero y marzo, deberá presentarse el 3 de mayo. La de abril, mayo y junio, el 3 de agosto; la de julio agosto y septiembre, el 3 de noviembre; y octubre, noviembre y diciembre, el 3 de marzo del siguiente año”.

Mientras tanto, las personas físicas y las empresas con ingresos por debajo de los cuatro millones de pesos en 2013, “deberán presentar su contabilidad electrónica a partir de enero” en los primeros días de cada mes.

Toda la información deberá vaciarse directamente a la página del SAT, que ha liberado un catálogo de cuentas a seguir para subir los datos.

La especialista consideró que, si bien las reformas fiscales no son malas, “la Secretaría de Hacienda echó a andar un camión que no sabía ni cómo debía funcionar. Entonces… el contribuyente no está preparado para eso y tampoco tiene una plataforma adecuada para hacerlo”.

Aun así, vio positivo este periodo de transición para Hacienda “fortalezca su página y, nosotros, fortalecernos como contribuyentes”.

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