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Coparmex: Regulación de precios al Gas LP afectaría la competitividad

El pasado 29 de julio se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), una regulación presentada por la Comisión Reguladora de Energía (CRE), cuyo objetivo es definir la metodología y criterios para determinar los precios topes que se aplicarán a la venta de Gas Licuado de Petróleo (LP).

La regulación, refiere la asociación, parte de un modelo de una hipotética planta distribuidora eficiente –de la cual aún no se esclarecen los datos para su modelado– y divide al país en 145 regiones, cada una con un precio tope diferente.

Al respecto, la Coparmex emitió una Alerta Regulatoria en la que aclara los puntos en los que esta iniciativa afectaría a la economía familiar y la competitividad.

Emitida sin análisis y consulta pública

En cuanto a su aprobación, la Coparmex refirió que esta fue vinculada a un proceso «exprés» por parte de la CONAMER, pues fue publicada el mismo día de su recepción, impidiendo llevar a cabo un estudio y su respectiva consulta pública.

Ello tras ser catalogada como una medida de «emergencia» ya que los hogares con personas de bajos recursos, se están viendo afectadas por el aumento de precios en este insumo.

Tras su análisis, se encontró que dicha regulación, se fundamenta en la directriz que emitió la SENER el pasado 28 de julio:

Dicha política de precios, supone un procedimiento complejo, el cual se llevó a cabo en tan sólo tres días, lo que impidió la intervención de expertos en el tema.

«Esto podría provocar, además, afectaciones irreversibles para la inversión y participación de nuevos actores, lo cual juega en contra de la urgente reactivación económica y la competitividad del país»

Coparmex Nacional.

Se debió optar por medidas más eficientes

En ese sentido, la Coparmex refirió que, para evitar que la población registre mayores afectaciones a la economía familiar, se debieron aplicar alternativas más eficientes que ya están contempladas en la Ley de Hidrocarburos, como lo es el Subsidio Focalizado.

Además de que considera, contemplarla como una medida de emergencia, incumple con lo estipulado en la presente Ley, ya que al tratarse de una evolución natural en el ajuste de los precios, no presenta mayores afectaciones a la población.

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