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¿Cómo podría retomar mis actividades si soy una empresa automotriz?

A través de su asesoría, el despacho jurídico Vega, Guerrero y Asociados (VGA) logró de manera exitosa que cinco empresas automotrices de la región Bajío obtuvieran la autorización por el Gobierno Federal para realizar actividades mínimas esenciales.

Estas resoluciones favorables se dan después de que el 6 de abril el Diario Oficial  de la Federación publicó los lineamientos técnicos dispuestos por la Secretaría de Salud para definir las actividades esenciales que poseen autorización para mantener sus operaciones durante la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV-2.

Entre el catálogo de actividades esenciales se incluyó a las empresas de producción de acero, cemento y vidrio; y los servicios de tecnología de la información que garanticen la continuidad de los sistemas informáticos de los sectores público, privado y social, entre otras. 

Derivado de lo anterior, nos dimos a la tarea de revisar con algunos clientes la posibilidad de ser considerados dentro del catálogo de actividades esenciales, por lo que elaboramos algunos expedientes que presentamos ante la Secretaría de Economía en los que explicamos por qué estas empresas debían mantener sus actividades”, explica Oziel Guerrero de Anda, socio de VGA.

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Tras un margen de tres a cinco días hábiles, las empresas recibieron el visto bueno por parte de las autoridades federales.

Es importante señalar que la resolución de la Secretaría de Economía (…) establece que las compañías beneficiadas con esta resolución, deben ceñir sus actividades al mínimo indispensable y únicamente para el soporte de actividades consideradas como esenciales”, informó el despacho a través de un comunicado. 

También indica que el Gobierno Federal exhorta a estas empresas apegarse a la estrictas medidas sanitarias consideradas en los distintos acuerdos que han venido dictando.  

¿Por qué se resolvió de manera favorable la petición?

De manera natural, algunas empresas del ramo automotriz podrían cuestionarse cuáles son las características que deben cumplir ante las autoridades federales para reanudar sus operaciones (nuevamente, al mínimo indispensable).

En este sentido, el especialista expone dos puntos importantes:

  1. Que la empresa esté considerada dentro del catálogo de actividades esenciales; o forme parte de la cadena de suministro de estas actividades; o aquellas que por la suspensión  ante la emergencia sanitaria, puede desencadenar un efecto irreversible en su operación. 
  2. Sustentar de manera efectiva la manera en que la empresa reducirá sus actividades a una operación mínima indispensable. En este apartado, Guerrero de Anda ilustra que las compañías deberán acreditar eficazmente la disminución de la plantilla laboral para continuar con las operaciones. 

.»Hasta el momento hemos logrado que se notifique la resolución favorable de cinco empresas. Lo importante es respaldar la solicitud de manera adecuada», pronuncia Oziel. 

Por eso, el abogado recomienda a las empresas revisar dentro de sus actividades cuáles podrían considerarse esenciales para el funcionamiento de los sectores económicos estratégicos delineados por la autoridad federal para en caso de identificar alguna, puedan solicitar el apoyo en la integración de su petición para alcanzar una resolución favorable.

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