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¿Cómo clasificar correctamente a mi empresa?

Por C.P. XÓCHITL GARCÍA ANAYA, socio Auren en materia de Seguridad Social

A nivel nacional, un gran número de patrones ha recibido invitaciones por parte del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) para revisar la clasificación de su empresa. 

La institución se encuentra realizando un programa de actualización de la clasificación de los negocios revisando la clase en la que están ubicados para determinar si están cotizando con la prima del Seguro de Riesgos de Trabajo que realmente les corresponde. 

Pero, ¿cuáles son los aspectos que están analizando? Lo resumimos en cinco puntos principales: 

1. Las actividades que realizan

La actividad empresarial define los fines comerciales o industriales que benefician a cualquier empresa. Definir las actividades supone cuáles son las formas en que cualquier compañía consigue aumentar sus ganancias y lograr su posicionamiento en el mercado. 

2. Los riesgos de trabajo

¿Cuáles son los riesgos más comunes en nuestra empresa? Estos van muy ligados a las actividades que realizan nuestros colaboradores. Para detectarlos es necesario apoyarnos en la información que nos proporcionan las oficinas de Salud en el Trabajo de las Unidades de Medicina Familiar. 

3. Las actividades ante el SAT

Las actividades registradas ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) u otras autoridades fiscales como el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) son fundamentales para determinar la clasificación de nuestra empresa. Se refieren a las obligaciones que nos corresponden de acuerdo a la actividad económica del negocio. 

4. El dictamen del contador público autorizado

Nuestro contador público deberá de someter a la empresa a un dictamen en términos de la Ley del Seguro Social (LSS) y el Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización (RACERF). 

5. Las visitas de inspección

El Seguro Social realiza visitas para comprobar el cumplimiento de obligaciones patronales (actos de fiscalización como visitas domiciliarias y revisiones de gabinete) y aquéllas que hacen las áreas médicas del Instituto para revisar a las empresas donde ocurren riesgos de trabajo con mayor frecuencia. 

No dejes pasar estas consideraciones

Es importante destacar que la clasificación de la empresa se hace con base en la actividad que realizamos como entidad productiva y no la que cada trabajador desempeña. Sólo se considera la actividad de los trabajadores cuando se trata de una empresa prestadora de servicios de personal (outsourcing). Cuando las empresas efectúan actividades distintas, deben clasificarse de acuerdo con la más riesgosa.

En caso de que se detecte que la compañía está mal clasificada, el IMSS puede requerir el pago de diferencias de: cinco años hacia atrás –pues es el tiempo en que caducan sus facultades de comprobación– o, del tiempo transcurrido entre el cambio de actividad de la empresa y la rectificación hecha por el Instituto, siempre dentro del plazo legal indicado.

Las empresas a las que se les rectifique su clase, cotizarán con la prima media que efectivamente les corresponda; por ello exhorto a los patrones a revisar su clasificación para asegurarse de que es la adecuada. Si no es así –porque integraron actividades diferentes a las que tenían cuando se dieron de alta en el Seguro Social– es recomendable que de inmediato acudan a la subdelegación correspondiente a su domicilio para que de manera espontánea corrijan su situación (corrección patronal), eviten la imposición de sanciones, y disminuyan el monto de las actualizaciones y los recargos a su cargo.

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