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Cobra SAT a empresas que no deben: Prodecon

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha impuesto cobros indebidos a por lo menos dos empresas de Aguascalientes, a pesar de que la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) emitió Recomendaciones Públicas que consideran las medidas inadecuadas e incluso fuera de ley.

A la primera empresa, dedicada a la compra-venta de maquinaria industrial, el SAT le emitió un crédito fiscal en 2013 por casi 240,000 pesos, por un equipo que adquirió en Chicago y vendió en 2009 con un margen de utilidad en El Paso, ambas ciudades norteamericanas. Según la autoridad, no habría cumplido requisitos como el comprobante fiscal de la compra conforme a disposiciones fiscales mexicanas y el pago de impuestos a la importación.

La recomendación 5/2015 de la Prodecon en Aguascalientes consideró improcedente ese crédito, ante la inexistencia de importación alguna. Para la Procuraduría no era necesario cumplir con los requisitos que señalaba el SAT, pero este no aceptó la recomendación e impuso el crédito, en desconocimiento del derecho a la deducción que legalmente tenía la empresa.

El SAT multó también a un micronegocio de esta capital por expedir comprobantes fiscales con domicilio incorrecto, aun cuando en la recomendación 4/2015 la defensoría del contribuyente la consideró “situación no imputable a la contribuyente por ser un cambio de nomenclatura por la autoridad (el ayuntamiento) y además con fundamento en un artículo inaplicable al caso en concreto”.

La Administración Local de Auditoría Fiscal de Aguascalientes del SAT declaró no aceptadas las recomendaciones que Prodecon emitió en estos dos casos.

El delegado de la procuraduría José Antonio Guerra Caparrós indicó que en estos dos casos, las recomendaciones derivaron de quejas presentadas por las empresas afectadas, pero ni el SAT ni ninguna otra autoridad fiscal está legalmente obligada a acatarlas.

“Justo en el procedimiento de queja nos constituimos como el Ombudsman fiscal. Es ahí donde evidenciamos las violaciones a los derechos de los contribuyentes en relación con los actos emitidos por autoridades fiscales federales”, explicó.

Aunque estas recomendaciones aplican a los casos específicos de quienes presentan quejas, pueden traducirse en Criterios Sustantivos —publicados en la página de Prodecon—, que abogados fiscalistas y otros contribuyentes pueden adaptar en argumentos de defensa ante jueces para casos similares.

Las dos recomendaciones rechazadas por el SAT son parte de las siete que ha emitido la Delegación Aguascalientes de Prodecon en 2015. Aunque están dirigidas a distintas autoridades, ninguna ha sido aceptada hasta ahora; solamente una en 2014 dirigida a la Aduana en el estado.

Aun así, Guerra Caparrós desestimó que la Prodecon necesite dientes para hacer valer los derechos fiscales de los mexicanos, pues “en el procedimiento de queja, si la autoridad no responde en tiempo y forma a lo que le requerimos, puede ser multada. O bien, si no acata la recomendación y el particular gana el litigio, se le puede iniciar responsabilidad administrativa al servidor público”.

Consideró necesario “más bien, que la Prodecon se constituya como un órgano constitucional autónomo o tener más facultades, como presentar amparos colectivos (…) Pudiera estar normado, por lo menos, que la autoridad fiscal podrá acatar las recomendaciones del Ombudsman fiscal, que estuviera así en su ley. Porque muchas veces nos dicen: no tengo facultades para dejar sin efectos mis propias resoluciones, si no me lo señala un tribunal”.

Sin embargo, subrayó, “la sola recomendación de la Prodecon debe ser el mecanismo jurídico para que las autoridades respeten los derechos de los pagadores de impuestos y, en todo caso, dejen sin efectos resoluciones que son ilegales”.

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