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¿ Belinda deberá pagar ISR por el anillo de compromiso?

Este fin de semana la noticia de la ruptura de Christian Nodal y Belinda días antes del Día de San Valentín inundó las redes sociales, sin embargo más allá de la cancelación de la boda, la cantante española podría enfrentar nuevas dificultades ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) por el anillo de compromiso que recibió.

De acuerdo a la firma que confeccionó la joya, Angel City Jeweleres, se trata de un anillo con un diamante en corte esmeralda de 12 quilates con un valor superior a los 3 millones de dólares, un costo de alrededor de 60 millones de pesos mexicanos.

Según la Ley del ISR, al tratarse de un regalo o donación entre personas físicas y particulares no familiares que supera tres Unidades de Medida y Actualización (UMA) anuales, deberá pagar impuesto sobre la renta. Cabe recordar que el UMA está fijado en  35 mil 101 pesos en este 2022.



Usuarios en redes sociales han alentado a Belinda a quedarse con el anillo, pues legalmente puede hacerlo al ser un regalo, sin embargo si así lo hace, la cantante está obligada a pagar 21 millones de ISR por la recepción de esta donación, de acuerdo a Gatitos contra la Desigualdad.

Una cifra que supera el adeudo fiscal por 7 millones 235, 769 pesos de Belinda, el cual fue publicado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) en el Diario Oficial de la Federación (DOF) a finales del año pasado. 

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¿Cómo funciona el ISR ante donaciones?

El numeral 2341 del Cuarto del Código Civil Federal (CCF) reitera que una donación puede hacerse de forma verbal cuando el valor de los muebles no supera los 200 pesos.

-Si el valor de esta excede los 200 pesos pero no los 5,000, debe hacerse por escrito.

-Al superar los 5,000 pesos, al donar el mueble se deberá realizar una escritura pública.

-A través de estas formas, el adquirente del bien reporta un incremento patrimonial por el valor equivalente a la cosa recibida y produce diversos efectos fiscales, según los sujetos que intervienen en el acto.

-En el caso de las personas morales del régimen general de la LISR, la donación recibida es considerada como un ingreso, con la posibilidad para el donante de deducir si es que el receptor es una persona moral donataria autorizada.

-Entre personas físicas, los donativos exentos del pago de ISR incluyen aquellos que se dan entre cónyuges o descendientes de sus ascendientes en línea recta, o si el valor total de los recibidos en un año de calendario no excede de tres veces la UMA elevada al año.

-Independientemente de que los donativos estén exentos de ISR, los contribuyentes están obligados a informar, en la declaración del ejercicio, los donativos obtenidos, siempre que estos, en lo individual o en su conjunto, excedan de $600,000.00.

Mira la información completa aquí. 

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