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¿Cómo hacer el nuevo registro de accionistas o socios ante el sistema de la SE?

Por M. en D. Daniel Ruvalcaba Guerra

A partir del 15 de diciembre del 2018, entró en vigor la publicación realizada en el Diario Oficial de la Federación por la que se adicionan párrafos a los artículos 73 y 129 de la Ley General de Sociedades Mercantiles. Con estas modificaciones se vuelve necesario publicar en el Sistema electrónico de publicaciones de sociedades mercantiles (PSM) un aviso de la inscripción  en el libro especial de los socios o en el libro de acciones de la estructura accionaria vigente, según sea el caso, con la finalidad  de darle publicidad a las transmisiones de las partes sociales o acciones a que haya lugar dentro de una sociedad mercantil.

Para poder realizar la inscripción, se debe contar con la e.firma de la sociedad mercantil así como del representante legal, quien será el encargado de realizar la publicación en el portal electrónico de sociedades mercantiles (PSM).

Dentro de dichas modificaciones no se desprende, si la publicación de la estructura accionaria debe publicarse por todas las sociedades mercantiles, o si únicamente deben actualizar cuando se encuentren en el supuesto de haber realizado alguna modificación a la estructura posterior a la reforma. En mi opinión, recomiendo que la publicación se realice tal cual se encuentra al momento de subirla al portal de la Secretaría de Economía.

Cabe aclarar, que la ley es omisa en estipular un plazo para realizar la publicación del aviso, así como para estipular alguna sanción económica por esta omisión, sin embargo, el no realizar esta publicación, podría tener algunas consecuencias como el desconocimiento de la calidad de socios o accionistas, ya sea por parte autoridades fiscales, o de algún tercero con intereses hacia la sociedad.

¿A qué nos referimos con el libro especial de socios o el libro de registro de acciones?

Las sociedades mercantiles deben llevar libros de accionistas o socios de conformidad con el artículo 73 y 128 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, los cuales permiten a las sociedades llevar un control y la identificación de socios/accionistas que representan el capital social, que tipo de acciones, porcentaje del capital social que les corresponde.

Este libro debe contener la siguiente información: el nombre, la nacionalidad y el domicilio de cada accionista, y la indicación de los títulos que le pertenezcan (números, series, clases y demás particularidades); exhibiciones efectuadas, y las transmisiones realizadas.

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