Icono del sitio Líder Empresarial

Aspectos migratorios de la empresa

En México, existen empresas nacionales e internacionales que muchas veces necesitan integrar a extranjeros a sus filas para lograr crecer. Por esta razón, es muy importante que las personas dedicadas a las actividades empresariales tengan conocimiento de las leyes mexicanas en cuanto a migración, con el fin de evitar retrasos y problemas en el desarrollo de sus operaciones.

Inicialmente, todo patrón, ya sea persona moral o física, que pretenda emplear a un extranjero debe tramitar ante el Instituto Nacional de Migración una Constancia de Inscripción de Empleador, la cual le permite al nuevo colaborador acreditar su personalidad jurídica y facultades. El empleador es responsable de mantener actualizada la información que se le solicita en ésta.

Tipos de visa
Los extranjeros deben tramitar una visa que les será concedida según el tiempo que pretendan establecerse en el país. En el caso de quienes se desarrollaran profesionalmente por un tiempo ininterrumpido no mayor a 80 días, se les otorgará la visa de “Visitante para realizar actividades remuneradas”. Quienes necesiten quedarse en México por no más de cuatro años, obtendrán la de “Residencia Temporal” y quienes permanecerán de manera indefinida en el país, tendrán la de “Residencia Permanente”. Cabe señalar que este documento debe contener explícitamente que fue concedido el permiso para trabajar a cambio de una remuneración.

Condiciones de estancia a extranjeros con fines laborales
El artículo 52 de la Ley de Migración establece 9 tipos de calidad de extranjeros. Por el tema que se trata, sólo se mencionarán las siguientes:

• Visitante con permiso para realizar actividades remuneradas. Autoriza al extranjero desempeñar alguna actividad que le sea remunerada, pero sólo por un plazo no mayor a ciento ochenta días.
• Visitante trabajador fronterizo. Es una autorización para los extranjeros con los cuales México comparte límites territoriales. Quien obtenga este permiso podrá permanecer en el país hasta un año, con la posibilidad de entrar y salir cuantas veces desee.
• Residente temporal. Se puede permanecer en el territorio mexicano por no más de cuatro años, con la posibilidad de obtener un permiso para trabajar a cambio de una remuneración. Se puede salir y entrar cuantas veces desee, así como solicitar la internación a la nación de su familia a efecto de preservar la unidad familiar.
• Residente permanente. El extranjero puede permanecer indefinidamente, con permiso para trabajar a cambio de una remuneración.

Es importante mencionar que todo extranjero debe cumplir con las obligaciones establecidas en la Ley de Migración y en su Reglamento, pues una de las consecuencias del no cumplimiento de éstas es la cancelación del permiso de residencia.

Salir de la versión móvil