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Allenza: El sector inmobiliario y de la construcción son los grandes ausentes del decreto de estímulos fiscales para atraer inversiones de Nearshoring

Por Ricardo Martínez Castañeda, colaborador en Allenza.

El pasado 11 de octubre de 2023 se publicó en el diario oficial de la Federación el decreto por el que se otorgan estímulos fiscales a sectores clave de la industria exportadora consistentes en la deducción inmediata de la inversión en bienes nuevos de activo fijo y la deducción adicional de gastos de capacitación.

Los anteriores estímulos buscan de manera directa otorgar beneficios fiscales para fortalecer la industria de exportación e incentivar la atracción de inversiones extranjeras, en respuesta a las tendencias globales de Nearshoring.

Según el Comunicado No. 68 del Gobierno de México, el decreto incluye incentivos fiscales diseñados específicamente para empresas interesadas en trasladar o ampliar sus operaciones en México, con enfoque en diez sectores altamente exportadores de nuestro país, y se dediquen a la producción, elaboración o fabricación industrial de los bienes que se señalan a continuación, y además los exporten:

  1. Productos destinados a la alimentación humana y animal.
  2. Fertilizantes y agroquímicos.
  3. Materias primas para la industria farmacéutica y preparaciones farmacéuticas.
  4. Componentes electrónicos, como tarjetas simples o cargadas, circuitos, capacitores, condensadores, resistores, conectores y semiconductores, bobinas, transformadores, arneses y módem para computadora y teléfono.
  5. Maquinaria para relojes, instrumentos de medición, control y navegación, y equipo médico electrónico, para uso médico.
  6. Baterías, acumuladores, pilas, cables de conducción eléctrica, enchufes, contactos, fusibles y accesorios para instalaciones eléctricas.
  7. Motores de gasolina, híbridos y de combustibles alternativos, para automóviles, camionetas y camiones.
  8. Equipo eléctrico y electrónico, sistemas de dirección, suspensión, frenos, sistemas de transmisión, asientos, accesorios interiores y piezas metálicas troqueladas, para automóviles, camionetas, camiones, trenes, barcos y aeronaves.
  9. Motores de combustión interna, turbinas y transmisiones, para aeronaves.
  10. Equipo y aparatos no electrónicos para uso médico, dental y para laboratorio, material desechable de uso médico y artículos ópticos de uso oftálmico.

Los por cientos máximos que se podrán aplicar en un solo año para deducir las inversiones a que se refiere el artículo anterior, son los siguientes:

Para la maquinaria y equipos distintos de los señalados en la fracción anterior se les aplicará un porcentaje de acuerdo a la actividad clave a que se hace referencia en dicho decreto.

Como se puede visualizar, no se incluyó un incentivo fiscal cuando se trate de la compra o construcción de naves industriales y oficinas.

¿Por qué no incentivar al sector inmobiliario y al de la construcción? Sectores que inciden directamente en el desarrollo económico del país

Este decreto da un paso muy importante no sólo en la atracción de inversión, sino también catalizará la innovación, la creación de empleos de alta calidad y el desarrollo regional equitativo, sin embargo, faltó incentivar también a sectores claves en la economía.  Es importante comentar que desde  1987 y hasta el 2013, existió un decreto muy similar en donde abarcaba a más sectores, mismo que permitió a muchos más contribuyentes deducir en un solo año gran parte de sus bienes nuevos de activo fijo, en lugar de hacerlo de conformidad con los porcentajes que hoy se contienen en los artículos 33 al 35 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

Sin embargo, este decreto no incluyó el aplicar la deducción inmediata en caso de invertir en la compra de una nueva nave industrial o en la construcción de la misma o en oficinas, como anteriormente sí se contemplaba.  Antes, los decretos permitían deducir en un solo año hasta el 74% de la inversión.  Como ejemplo, cuando una empresa que construía una nave industrial o construía oficinas para su negocio con valor de 10 millones de pesos, en una deducción normal la empresa manda a gastos fiscales (depreciación) sólo 500 mil pesos cada año durante 20 años, sin embargo, con la deducción inmediata podía mandar a gastos fiscales  en un sólo año hasta 7 millones cuatrocientos mil pesos.

Si en la exposición de motivos del decreto menciona  “Que la deducción inmediata de inversiones es un instrumento de política fiscal que, además de promover la inversión en el país, incrementa la productividad, impulsa la competitividad, genera más empleos e incentiva con ello el desarrollo económico y el nivel de bienestar de la población” luego entonces, por qué no incentivar a dos sectores que generan una alta demanda de servicios y de insumos de otras industrias, ya que se promueve  la actividad económica de muchos sectores conexos.

Ricardo Martínez Castañeda es Notario Público No. 6, licenciado en Derecho y Contador Público con Maestría en Administración con más de 32 años de experiencia en las áreas fiscal, legal, corporativo y empresarial.  Trabajó en la firma internacional Deloitte, en un corporativo suizo y como funcionario público en la Secretaría de Finanzas y Desarrollo Económico del Estado y en alianza con ALLENZA.

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