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Alertan por «cartas invitación» del SAT

La delegación Aguascalientes de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON) hizo un llamado a los contribuyentes que reciban cartas invitación por parte del Servicio de Administración Tributaria (SAT) con relación a depósitos en efectivo realizados en sus cuentas bancarias durante el año 2016, a que soliciten asesoría antes de efectuar algún pago.

La dependencia explicó que el SAT utiliza la información enviada por las instituciones financieras y con la que cuenta en sus sistemas, para corroborar si se están declarando todos los “aparentes” ingresos, por lo que están llegando cartas invitación a los contribuyentes por los depósitos en efectivo que realizaron en sus cuentas en 2016.

Estas cartas se les envían a contribuyentes y también a aquellos que no estén inscritos en el RFC. Mucha gente considera que al no estar inscrita en el RFC, la autoridad no va a poder identificar los ingresos susceptibles de ser gravados, sin embargo, no es así.

En la carta se indica un monto a pagar de impuesto que considera la autoridad derivado del depósito en efectivo. Es decir, al monto del depósito en efectivo se le aplica la tasa del ISR y con ello calcula el monto a pagar. Se considera el total del monto como ingresos sin deducción alguna, es decir, como utilidades.

Inclusive, la autoridad fiscal señala en la carta algunas opciones como pagar en una sola exhibición o en parcialidades, presentar una declaración anual para ponerse al corriente, o bien aclarar en el portal del SAT.

Cuando el contribuyente recibe estas cartas puede intimidarse y de inmediato pagar la cantidad señalada, sin reparar en si era o no ingreso acumulable, aunque también puede considerar que no le implica un riesgo y por tanto decide no hacer caso.

La PRODECON exhorta a quienes reciban estas cartas a acudir a solicitar asesoría, siendo el primer paso auxiliar al contribuyente a presentar un escrito libre plasmando la aclaración correspondiente; derivado de la respuesta a la aclaración se puede iniciar una queja ante el SAT, además que se puede otorgar el servicio de representación legal.

Si no se hace caso a la carta invitación por depósitos en efectivo, la autoridad podría comenzar a emitir multas y requerir el cumplimiento de la obligación hasta en tres ocasiones; si no se cumplimenta, comúnmente realiza una determinación presuntiva e impone un crédito fiscal.

Ante ello, la PRODECON ha emitido una serie de Criterios Sustantivos y Jurisdiccionales, señalando que cuando se identifican depósitos en efectivo, la autoridad no puede determinar el crédito con base en el artículo 42, fracción II, cuando se trata únicamente de depósitos en efectivo, puesto que la base le debe constar fehacientemente a la autoridad; y en los depósitos en efectivo claramente no le resulta fehacientemente a la autoridad la base del impuesto.

Los contribuyentes que sí acepten que los depósitos son ingresos por alguna actividad comercial, deben cumplir con sus obligaciones en términos del régimen que les corresponda. También en PRODECON se les puede asesorar para el cumplimiento formal.

 

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