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Alejandro Guizar Tejeda: Un nuevo Corredor Público en Aguascalientes

El abogado Alejandro Guizar Tejeda ha sido habilitado por la Secretaría de Economía  para desempeñarse como Corredor Público, logrando ingresar a un selecto grupo de profesionistas: se estima que en México sólo hay 450 corredores públicos, cifra que contrasta con el número de abogados (en 2016 había más de 300 mil, según el INEGI), lo cual refleja la extrema  dificultad para alcanzar dicho título.

Abogado por  la Universidad Nacional Autónoma de México, Guizar Tejada  es maestro en Amparo y doctor en Derecho y Derecho Fiscal. Lleva más de 20 años de ejercicio profesional, en el que se ha dedicado principalmente al Derecho Corporativo y Propiedad Industrial. En 2003, fundó en la Ciudad de México el despacho Guizar, Mendoza y Asociados, S.C. y desde 2006 dirige la oficina en Aguascalientes.

Aún con un currículum rebosante, Alejandro se sintió atraído por la Correduría Pública, pese a la complejidad de alcanzar dicha acreditación.: “Parte de la función de la Secretaría de Economía en el área de correduría es asegurarse que los abogados habilitados como corredores públicos, sean de excelente prestigio y preparación académica, con la finalidad de brindar un servicio de excelencia. Los corredores públicos están investidos de fe pública, y el Estado les confiere una responsabilidad social en materia económica», explica el abogado.

Así, Alejandro inició el arduo proceso ante la Secretaría de Economía para alcanzar su objetivo. Solicitó ante la dependencia federal la aplicación del  examen para convertirse en aspirante a Corredor Público:

Es un examen escrito muy difícil, porque abarca áreas mercantiles, código de comercio, arbitraje, Ley General de Sociedades Mercantiles…un sinfín de temas”.  Pasó la primera prueba, pero aún faltaba otro examen, el más complicado, el definitivo.

La Ley Federal de Correduría Pública establece que el segundo examen será sustentado ante un  jurado, el cual estará integrado por un representante de la Secretaría de Economía, quien  “deberá tener por lo menos nivel de director general o contar con designación específica»; un representante del Gobernador del Estado; y un corredor público designado por el colegio de corredores local o por la SE.  

«En el segundo examen el jurado te plantea un caso práctico, muy complicado, en el que casi siempre va de la mano un avalúo con un medio alternativo de solución de controversias. Ya será cuestión del planteamiento para que el sustentante decida la Mediación, el Arbitraje o la Conciliación. El examen dura alrededor de 5 horas«, comenta Alejandro, quien tras aprobar el examen, se convirtió en el 16° corredor público en Aguascalientes.

Guizar Mendoza enfatiza que un corredor público no tiene nada que ver con los corredores de bolsa o inmobiliarios. «Por un lado, nuestra función es la fe pública, pero por otro, por disposición de la Ley, somos árbitros, mediadores y conciliadores en celebraciones, contratos o convenios de naturaleza mercantil. Somos peritos valuadores en cualquier materia: podemos hacer un avalúo para efectos fiscales, para efectos de juicio civil o mercantil; avalúo comercial de bienes y servicios…Cualquier objeto que esté dentro del comercio es susceptible de darle un valor, y el especialista para ello es un corredor público”, finaliza Alejandro Guizar


De acuerdo con la Secretaría de Economía, la función básica del Corredor Público es “garantizar la seguridad y certeza jurídicas, ejerciendo un control de legalidad en las transacciones comerciales y otras materias de competencia federal, brindando un asesoramiento profesional e imparcial con la obligación de guardar el secreto profesional que impone la Ley”.

Su actuación se circunscribe a las siguientes funciones: Agente Mediador, Perito Valuador, Asesor Jurídico, Árbitro y Fedatario Público.

Beneficios

  1. Asesoramiento jurídico personal por parte del Corredor Público respecto del asunto de su interés.
  2. Agiliza las transacciones comerciales por sus amplios conocimientos y experiencia en la materia mercantil.
  3. Protege los intereses de sus clientes debido a que el Corredor otorga una garantía para responder al debido ejercicio de sus funciones.
  4. Es imparcial en todos los negocios en los cuales interviene y está obligado a guardar secreto profesional.
  5. Valor jurídico, debido a que las actas y pólizas otorgadas por los Corredores, son instrumentos públicos.
  6. Puede pactar libremente el monto de sus honorarios con sus clientes, lo que permite lograr el mejor acuerdo para ambas partes.
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