SECCIÓN ESPECIAL - FACULTAD DE DERECHO - UP BONATERRA
Preguntas frecuentes
 

¿Qué es un inmigrado?

De conformidad con el artículo 52 de la Ley General de Población, “inmigrado” es toda persona física extranjera que adquiere derechos de residencia definitiva en nuestro país. Es decir, sigue siendo extranjero, pero ha ganado el derecho de permanecer en nuestro país el tiempo que considere oportuno, siempre y cuando cumpla con las leyes mexicanas.

Quiero constituir una sociedad anónima y no hay socios extranjeros; ¿de cualquier modo, debo dar aviso a la Secretaría de Relaciones Exteriores?

En efecto, toda sociedad mercantil –antes de su constitución oficial- debe solicitar permiso de la Secretaría de Relaciones Exteriores con el objeto de verificar si el nombre con el cual se denomina, se encuentra libre y, por ende, puede ser usado por tal sociedad.

¿Cuáles son las formas migratorias de un extranjero?

Las formas migratorias más comunes son las siguientes: FMT: Turista; FM1: Forma para residir provisionalmente en el país sin ser turista; FM2: Forma para inmigrante, pudiendo después convertirse en inmigrado; FM3: Forma de internación para extranjeros no inmigrantes.

Tengo una deuda con un prestamista, pero no le firmé un pagaré. ¿Puede embargarme, aún sin un pagaré?

En efecto, el acreedor puede embargarlo. No obstante, tendrá que demandarlo primeramente por la vía ordinaria civil, y esperar a ganarle el juicio para proceder al embargo. Si el acreedor tuviera en su poder un pagaré incumplido firmado por usted, podría demandarlo por la vía ejecutiva, que es más rápida, pues seguramente usted se enteraría de la demanda al momento del embargo.

¿Cuáles son los elementos esenciales en un contrato?

Para que un contrato exista de acuerdo a las leyes mexicanas se requiere el consentimiento libre de las partes que lo firman y que su objeto sea lícito. De este modo, un contrato puede ser invalidado si existen vicios en el consentimiento (incapacidad, engaño, error, coacción, etc.), si es contrario a la ley mexicana, o cuando el consentimiento no se haya manifestado en la forma que la ley dispone.