- Investigue si existe alguna Norma Oficial Mexicana que regule la actividad que mejor describa el negocio que está por emprender. Esto le permitirá cumplir con las disposiciones que –sobre todo de carácter administrativo– deba observar.
- Consulte a su abogado para decidir la forma jurídica de su empresa. Un “tipo social” (que es la forma jurídica de una empresa) adecuado permitirá que su empresa actúe con mayor eficiencia en el tráfico jurídico-mercantil, lo cual se traducirá a la larga en mayores rendimientos.
- Piense cuál es la mejor opción para conformar la administración de la empresa; si es pequeña, puede convenir la figura del administrador único; si es mediana o grande conviene un consejo de administración. La gran empresa de nuestros días exige incluso consejeros externos.
- Designe reflexivamente al comisario de su empresa. La figura del comisario suele ser minusvalorada en la práctica jurídica societaria pero debe recordarse que tiene una función muy importante: vigilar el desempeño de la administración de la sociedad. Así, debe pensarse muy detenidamente quién ejercerá dicha función.
- Verifique que el nombre de su empresa no se encuentre registrado como marca. Eso le evitará que el titular de la marca le impida usar su denominación social en el comercio.
- Defina muy bien el objeto de la sociedad. El objeto social consiste en una descripción de la actividad comercial a que se dedicará la empresa. Es muy importante, entre otras razones, porque determina los límites de la capacidad de actuación de la misma.
- Acuda ante el Notario o Corredor Público para constituir la sociedad. Dichos fedatarios públicos son profesionales en Derecho y tienen el deber de asesorarle y realizar algunos trámites de obtención de permisos e inscripciones de su empresa, lo cual facilitará el camino de su constitución.
- Elija cuidadosamente los apoderados de la empresa, sobre todo en los casos de poderes para realizar actos de dominio y para suscribir y endosar títulos de crédito. Estas personas podrán disponer de los bienes y del dinero de la sociedad.
- Es importante que el administrador de la sociedad lleve el “libro de registro de accionistas”, el “libro de actas de asambleas” y el “libro de actas de sesiones de consejo”, en su caso. No estar actualizado en estos registros podría dar lugar a confirmar presunciones en contrario, en caso de juicio.
- Escoja a sus socios de acuerdo a la finalidad de la empresa. Recuerde que no siempre los familiares o amigos son los mejores colegas de negocios.
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